El Govern no puede decretar la movilidad forzosa entre los funcionarios de la Comunitat y así se lo ha hecho saber el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. El departamento que dirige Cristóbal Montoro ha presentado una advertencia de inconstitucionalidad contra aspectos determinantes del decreto ley aprobado el pasado mes de junio que establece medidas urgentes en materia de movilidad intraadministrativa temporal.
En concreto, el Gobierno central sostiene que la nueva redacción de los artículos 82.2, 82 bis, 88 y 88 bis de la Ley de Función Pública no se ajustan al ordenamiento jurídico y por eso ha advertido al Govern de que es preciso abrir una negociación ante de presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional.
El contenido
Los artículos cuya validez cuestiona el Gobierno son relevantes. Uno de ellos, el 82.2, abre la posibilidad a que las vacantes de los puestos de trabajo se cubran por funcionarios que no sean del mismo cuerpo, escala o especialidad. El decreto habla de necesidades «inaplazables», pero el Gobierno duda de que la provisión pueda hacerse de esta manera. El Gobierno también cuestiona la posibilidad de cubrir vacantes mediante el nombramiento provisional en un grupo o subgrupo superior. El decreto establece una amplia regulación de cómo deben cubrirse estas plazas, pero el Ministerio de Hacienda considera que toda la regulación es nula.