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Caso Nóos

La funcionaria que propuso la inspección a Aizoon negó haber recibido orden de no incluir a la Infanta

| Palma de Mallorca |

Una de las inspectoras de la Agencia Tributaria (AEAT) que exoneraron a la Infanta Cristina de defraudar a Hacienda, precisamente la que instó abrir una inspección a varias sociedades entre las que se encontraba Aizoon, defendió el pasado 25 de enero ante el juez José Castro su decisión de no incluirla en la investigación a pesar de que compartía la titularidad del 50 por ciento de la mercantil con Iñaki Urdangarin. Negó además que nadie le insinuara que no incluyera a la hija del Rey en sus averiguaciones.

Durante su comparecencia ante el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, esta funcionaria de la delegación de la AEAT en Cataluña relató que fue ella, tras unas averiguaciones iniciales, quien solicitó en noviembre de 2011 a su superior la apertura de un procedimiento respecto del Duque de Palma, su exsocio Diego Torres y la esposa de éste Ana María Tejeiro. El procedimiento afectaría al Instituto Nóos, Nóos Consultuoría, Virtual, Shiriaimasu, Intuit y Aizoon.

A preguntas del fiscal Pedro Horrach, según la transcripción de las declaraciones a las que ha tenido acceso Europa Press, la funcionaria reconoció conocer que una de las sociedas de Aizoon era la hija del Rey.

Si no instó la investigación contra ella, decisión de la que dijo asumir toda la responsabilidad, fue porque pudo constatar que pese a ser socia de la mitad de la mercantil «no constaba como autorizada en las cuentas de la misma, no constaba como administradora, no había participado en el movimiento de billetes de 500, no percibía rendimiento de trabajo alguno de la sociedad, ni tampoco dividendos.» «No consideré oportuno cargarla», añadió.

En otro momento de la declaración, preguntada si es habitual investigar a una persona de la que se tiene un único dato de que es socia al 50 por ciento, la funcionaria contestó: «No, por supuesto que no, más que nada porque hay que buscar un punto de equilibrio entre la eficacia y la eficiencia de las actuaciones».

TIEMPO ANTES DE LA PRESCRIPCIÓN

Según esta inspectora, como el expediente se inició el 30 de noviembre de 2001, la existencia de una posible irregularidad en el IRPF del ejercicio 2007 no hubiera prescrito hasta el mes de junio del año siguiente, por lo que ella hubiera dispuesto de unos meses para actuar, «después de haber ejecutado la primera carga del plan, si hubiera apreciado algún indicio de que la señora Infanta doña Cristina de Borbón y Grecia hubiera tenido alguna contingencia fiscal».

A lo largo del interrogatorio, la inspectora de la AEAT también reconoció que estaba legitimada para acceder en la base de datos a todos los referidos a la Infanta, y que de hecho los consultó en «reiteradas ocasiones» sin que nadie le insinuara «en ningún caso» que no tenía que investigar a esa persona.

Apuntó que no tenía que requerir ningún permiso para hacerlo y que actuó según su propio criterio profesional en todo momento.

«Quiero remarcar que la propuesta la hice en fecha 30 de noviembre de 2011 y que en el curso del procedimiento no vi la necesidad de cambiar, en ningún caso fue cambiada, es decir, que el inspector regional adjunto cargó exactamente lo que esta actuaria le solicitó», concretó la funcionaria ante el juez y el resto de partes.

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