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Sant Antoni pondrá en marcha el 6 de octubre el sistema de estacionamiento rotatorio

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El Ayuntamiento de Sant Antoni ha informado que el 6 de octubre entrará en vigor en el municipio la Ordenanza Municipal reguladora del servicio de estacionamiento de vehículos en la vía pública. Tras su publicación en el BOIB el 14 de septiembre debe transcurrir un plazo de 15 días hábiles, por lo que la norma comenzará a aplicarse la próxima semana.

La rotación en el aparcamiento, con un tiempo máximo de dos horas, deberá realizarse en todas las vías que hasta 2016 estaban identificadas como zona azul y señaladas con líneas de este color en la calzada. La ordenanza establece un horario de verano y otro de invierno: el de verano será aplicable desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre, de lunes a sábado, entre las 09.30 y las 14.00 horas, así como de 16.30 a 20.00 horas; mientras que el horario de invierno, que es el que comenzará a aplicarse el próximo viernes, regirá desde el mes de octubre hasta el de mayo. La rotación, según han apuntado desde el Consistorio, será obligatoria de lunes a viernes de 10.00 a 13.30 horas y de 17.00 a 19.30 horas y los sábados, de 10.00 a 13.30 horas. Los domingos y festivos el estacionamiento será libre.

Los conductores deberán acreditar la hora de estacionamiento colocando en la parte interior del parabrisas del vehículo un reloj de cartón, papel u otro material en el que se indique la hora a la que se ha estacionado. El reloj deberá estar convenientemente fijado para evitar su caída. El Ayuntamiento ha señalado que la Policía Local realizará las funciones de control y vigilancia del cumplimiento de la ordenanza y denunciará a los infractores.

Quedarán excluidos del obligado cumplimiento de esta ordenanza, según han detallado, los vehículos de fuerzas y cuerpos de seguridad, los de bomberos, los de la brigada municipal de obras y los de carga y descarga de mercancías en el horario establecido para esta función. Asimismo, han añadido, se consideran excepciones las ambulancias y vehículos de personal médico en visita de urgencias, los pertenecientes a personas con movilidad reducida que estén debidamente identificados y los autotaxis cuando el conductor esté presente.

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