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Tribunales | Condenados por unas obras irregulares en Tagomago

Matthias Khün condenado a seis meses de cárcel y dos años de inhabilitación por las obras en Tagomago

Imagen de Matthias Khün, y su abogado, el exfiscal Pedro Horrach, a su llegada a los juzgados el 20 de septiembre. | Arguiñe Escandón

| Ibiza |

Seis meses de prisión, dos años de inhabilitación para la profesión u oficio de promotor y constructor y multa de 5.400 euros. Es la pena impuesta por el juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza a Matthias Khün y el constructor Guido Hecker como responsables de un delito contra la Ordenación del Territorio por las obras realizadas en el islote de Tagomago.

El fallo firmado por la titular del juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza, Martina Rodríguez, absuelve a los acusados del delito contra el medioambiente de los que venían siendo acusados por el Ministerio Fiscal.

La sentencia apunta que «las obras se realizaron sin autorización» y argumenta que «el silencio administrativo que según los acusados amparaba la realización de las obras ante la no contestación del Ayuntamiento de Santa Eulària, a la solicitud de licencia de obra menor no podía suplir el informe que la conselleria de Medi Ambient , según el artículo 39.1 de la denominada LECO (ley para conservación de los espacios de relevancia ambiental) debería emitir».

La titular del juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza añade que la solicitud se refería únicamente a obras en el interior de la vivienda y que para ello se precisaba autorización, «con independencia que hubiere podido o no concederse».

En el auto se resalta que la prueba de que para realizar las obras se requería una autorización es el «hecho de que posteriormente se solicitara su legalización; sino no tendría sentido», apostilla.

Por el delito contra la Ordenación del Territorio la magistrada impone sendas penas de 18 meses de multa a razón de 10 euros al día, así como el pago de las costas.

Delito medioambiente

Paralelamente, la jueza les absuelve del delito contra el medio ambiente del que habían sido acusados por el Ministerio Fiscal.

En este caso, la magistrada apunta que las obras cometidas tienen un carácter «eminentemente local», es decir, «afectan únicamente al espacio donde se ha actuado, pero no sobre otros puntos de la isla», por lo que considera que es «casi imposible» que puedan ocasionar un desequilibrio en el sistema.

Además, señala que, debido a este carácter local de las obras, las pérdidas de vegetación son de una amplitud «extremadamente reducida».

La resolución del juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de diez días.

El Ministerio Fiscal solicitaba penas de dos años de cárcel para el empresario Matthias Khün como presunto autor de un delito contra la ordenación del territorio y otro contra los recursos naturales y el medio ambiente, al realizar entre 2007 y 2008 obras de reforma supuestamente irregulares en un chalet del islote ibicenco de Tagomago que había adquirido previamente y que se encuentra ubicada sobre terreno protegido. La Fiscalía también pedía otros dos años de prisión para el representante de la empresa que ejecutó las obras, Guido Hecker.

LA NOTA

La ‘rentrée' del exfiscal anticorrupción Pedro Horrach

El juicio celebrado el pasado 20 de septiembre en Ibiza levantó una gran expectación mediática ya que a la presencia del popular Khün se sumaba la reaparición como abogado del exfiscal anticorrupción, Pedro Horrach, meses después de regresar a la abogacía tras décadas ejerciendo como fiscal y tras el caso Nóos. «Este proceso es una expedición de pesca: a ver si encontramos algo al señor Kühn». «Estamos aquí por un informe realizado por un técnico que es parte y perito al mismo tiempo, totalmente subjetivo y parcial». Son algunas de las manifestaciones realizadas ante el tribunal por Pedro Horrach. La puesta en escena y los argumentos de la defensa compartida con el letrado Carlos Barceló desmontó parte de las acusaciones, las que hacían mención al delito contra el medioambiente, pero la sentencia concluye que los hechos probados constituyen legalmente un delito contra la ordenación del territorio.

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