El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Sant Antoni llevará a la sesión plenaria de agosto una modificación de la ordenanza de convivencia del municipio que prohibirá el consumo de óxido nitroso, más conocido como ‘gas de la risa', en la vía pública. Con la normativa actual, los agentes de la Policía Local únicamente pueden actuar contra aquellas personas que son sorprendidas vendiendo esta sustancia en la calle. Los consumidores, en cambio, no pueden ser sancionados al no tratarse el ‘gas de la risa' de una sustancia ilegal o catalogada como estupefaciente.
La propuesta que pasará por el pleno supone incluir en el artículo 42 de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la Convivencia un nuevo apartado que prohibirá «vender, promocionar, hacer publicidad o facilitar el acceso» al óxido nitroso en espacios públicos, así como «el consumo de esta sustancia o de cualquier otra análoga que pese a no estar catalogada como droga pueda tener efectos nocivos sobre las personas que la consuman». En todos los casos, y de acuerdo a la normativa municipal, está prohibida la venta ambulante de este gas y el incumplimiento de estas prohibiciones se considerará infracción administrativa. Las conductas descritas en este nuevo apartado serán consideradas infracciones graves y se sancionarán con multas de entre 750 y 1.500 euros. Cuando la venta o facilitación del acceso al óxido nitroso sea a menores de 18 años la infracción quedará tipificada como muy grave y será sancionable con multas de 1.500 a 3.000 euros. Esta modificación de la normativa pretende «evitar alteraciones de la convivencia y garantizar tanto la protección a la salud como la seguridad pública».
Sant Antoni multará con hasta 3.000 euros a quienes vendan y consuman ‘gas de la risa' en la calle
R.I. | Eivissa |