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El Ibavi excluye a más de 1.100 personas de las ayudas al alquiler por tener ingresos muy bajos

Imagen de archivo de las oficinas del Institut Balear de l’Habitatge del Govern de les Illes Balears (Ibavi) en Ibiza, | ARCHIVO

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Yolanda es madre soltera de dos hijos y víctima de violencia de género. Lleva un año y medio en el paro, pero asegura que en ningún momento ha dejado de pagar el alquiler de la vivienda en la que se aloja con su familia. «Hago malabares, el pino puente y lo que haga falta para llegar a final de mes, pero el alquiler lo pago». Esas peripecias incluyen hacer trabajos de costura o de limpieza puntuales, vender cosas de su casa o tirar de amistades para que le echen un cable.

A Yolanda le han denegado la ayuda al alquiler del Govern balear. No supera los ingresos mínimos que exigen las bases de la convocatoria. En 2017 ella trabajó con una jornada del 25% a pesar de que echaba ocho horas al día. Su jefe no quiso hacerle el contrato a jornada completa y en su situación «no podía rechazar un trabajo». En Hacienda aparece que sus ingresos fueron 0 euros y las bases de la convocatoria de ayudas al alquiler establecen como uno de los requisitos superar unos ingresos mínimos anuales de 5.639,69 euros.

Excluidos por bajos ingresos
Como ella más de 1.100 personas se han encontrado con esta situación. El pasado 4 de julio el Institut balear de l'Habitatge (Ibavi) hizo pública la lista provisional de beneficiarios y excluidos de la convocatoria de ayudas al alquiler 2018. En ella figuran 2.553 beneficiarios que se repartirían ayudas por valor de 5.358.686,96 euros. En la lista de excluidos hay 2.210 personas de las que la mitad no recibirán esta ayuda porque sus ingresos son demasiado bajos, el código ‘K' de la lista.

Las bases de la convocatoria establecían entre los requisitos para optar a estas ayudas que «los arrendadores y los integrantes de la unidad de convivencia […] deben obtener un conjunto de ingresos mínimos que en todo caso sean iguales o superiores a 0,75 veces el indicador público de rentas a efectos múltiples (IPREM)». Es decir, que las personas que solicitaran esta ayuda para pagar el alquiler deben tener una renta de al menos 5.539,69.
Se trata de un requisito que no incluía el Plan de Vivienda 2018-2021, del que nacen estas ayudas. En este Real Decreto el ejecutivo establecía como uno de los requisitos no superar un límite máximo de ingresos, sin embargo el límite mínimo se indica como un criterio discrecional que pueden fijar las comunidades autónomas, Ceuta o Melilla.

El propio texto establece en el artículo 7.b que para calcular los ingresos de la unidad de convivencia se tendrán en cuenta «las cuantías de la base imponible general y del ahorro». Un criterio de aplicación general para determinar unos ingresos máximos, pero que resulta muy desfavorable a la hora de fijar los ingresos mínimos.

De hecho en convocatorias anteriores de estas ayudas esta cantidad se calculaba conforme a los ingresos brutos.

Casos particulares
En total son 1.115 las personas excluidas provisionalmente por tener bajos ingresos, ya sea como único motivo o junto a otros. De ellas 586 aparecen como excluidos provisionales solo por esto, es decir, el 26,5% de las personas a las que se ha denegado de forma provisional esta ayuda.

Azucena está entre ellas. Vino a Ibiza desde Madrid en 2017. Es diseñadora gráfica y grafista y decidió trasladarse a la isla por problemas de salud. La contaminación de la capital y sus problemas de asma no encajaban. Ese año debido a su traslado de domicilio perdió muchos clientes y no lo tuvo tan fácil para hacer contactos. Se apuntó a la bolsa de profesores interinos para dar clases de formación profesional o en la Escuela de Artes. Sin embargo, a pesar de tener una capacitación muy por encima de la media y varios premios en su profesión, no puede ejercer por no tener el título de catalán.

Ese año tuvo que tirar de ahorros, pero a final de año, entre unos trabajos y otros, sus ingresos brutos superaron en 2017 el baremo fijado por las bases de la convocatoria. Sin embargo en su declaración de la renta, una vez aplicadas las reducciones a la base imponible, sus ingresos bajaban a los 1.300 euros.

Ante una situación que considera de «escándalo» decidió ponerse en contacto a través de la red social facebook con personas que se encontraban en su misma situación. Denuncia que este requisito afecta sobre todo a madres solteras que generalmente pueden trabajar solo a tiempo parcial y a mucha gente que, por sus bajos ingresos, cuenta con la ayuda de sus familias para llegar a final de mes o pagar su alquiler.

En este último caso se encuentra Nerea, asistenta del hogar que gana en torno a 600 euros al mes. En su caso es su padre el que la ayuda a llegar a final de mes. Sus ingresos brutos superan en unos 1.000 euros el mínimo fijado, sin embargo la base imponible se queda por debajo.

También es la situación de Tania, dependienta, que además contaba con recibir la ayuda en torno a abril como se establecía en las bases. «Hubo un retraso tremendo en la publicación de estas listas, y cuando por fin las publicaron me encontré con que estaba excluida». Su base imponible es de 4.600 euros aunque cobra algo más de 1.000 euros al mes.

Todas ellas plantearán alegaciones a las listas. Tienen hasta el jueves 18 de este mes para formular lo que consideren oportuno. Sin embargo, muchas de ellas se enfrentan a un texto farragoso, como es el de las bases, para poder formular su escrito.

Reacciones
Desde el Sindicato de inquilinos e inquilinas de Ibiza valoran este criterio como «injusto», dado que deja fuera a mucha gente que realmente necesita esta ayuda que en muchos casos paga el alquiler porque cuenta con la ayuda de la familia o de amigos.

Instan a todas las personas a las que se ha denegado la ayuda por este motivo a «tomar acciones directas» y presentar alegaciones, a poder ser con la ayuda de un asesor jurídico. Indicaron que ya existe un grupo en la aplicación whatsapp de personas a las que se ha denegado la ayuda por este criterio.

Por otra parte consideran que este tipo de medidas son un parche ante la necesidad de vivienda de protección oficial y de alquileres sociales, que lo único que hacen es fomentar que continúe el «descontrol en el mercado del alquiler».

También desde el Consell d'Eivissa ya se aprobó por unanimidad el pasado mes de marzo una moción del grupo Podemos para solicitar la eliminación de este criterio en las próximas bases de estas ayudas.

Por otra parte, la moción también planteaba que se considerara como índice de referencia para calcular esos ingresos mínimos los ingresos brutos y no la base imponible, que era el que se había utilizado. Un criterio que ya se había aplicado en convocatorias anteriores.
Desde Podemos indicaron que el Govern no llegó a contestar a esta instancia del pleno del Consell.

«Este cambio de criterio castiga a quien más necesita a estas ayudas y a quien está en una situación más precaria», señaló ayer a través de una nota la Secretaria Insular de Podemos Eivissa, Viviana de Sans, quien explicó que muchas personas con ingresos bajos y cargas familiares se quedarán sin ayudas, mientras que sí que las podrán obtener solicitantes con una situación económica más desahogada, como aquellos que ganen 20.000 euros anuales. «Las ayudas al alquiler del Govern siempre habían funcionado bien, pero con esta modificación incomprensible se está cometiendo una injusticia» resumió de Sans.

Animaron a todos los solicitantes a presentar reclamación y exigieron a la conselleria de Vivienda del Govern que «muestre su sensibilidad hacia este tema y no excluya a nadie de unas ayudas que, para muchas personas con pocos recursos económicos, suponen un apoyo imprescindible para poder seguir pagando el alquiler».

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