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Vila abre hoy el plazo para solicitar las ayudas de alquiler para jóvenes

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El Ayuntamiento de Vila publicó ayer en el BOIB la convocatoria de las subvenciones en materia de alquiler de vivienda para jóvenes del municipio de Ibiza para el año 2019.

Según informó el Consistorio ayer en un comunicado, a partir de hoy se abre un plazo de 10 días hábiles para presentar solicitudes, un periodo que finalizará el 10 de octubre.

Desde el Ayuntamiento recordaron que este tipo de ayudas al alquiler joven son una iniciativa de Vila y cuentan con un presupuesto total de 100.000 euros. Las subvenciones están dirigidas a jóvenes de entre 18 y 35 años, empadronados al municipio de Ibiza con un antigüedad de un año ininterrumpido y titulares de un contrato de alquiler de vivienda.

La cuantía máxima de la subvención será del 25 por ciento de las mensualidades presentadas -media entre el 1 de septiembre de 2018 hasta el 31 de agosto de 2019-.

Las personas aspirantes deberán cumplir una serie de requisitos. Así, las bases recogen que los interesados deberán ser mayores de 18 años y no haber cumplido los 36 años. El solicitante deberá estar empadronado en Vila con una antigüedad de un año y debe ser titular del alquiler de una vivienda en vigor dentro del periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de agosto de 2019.

Además, los solicitantes deberán estar al corriente del pago de las rentas de alquiler en el momento de la presentación de la solicitud de la subvención y que la vivienda objeto de la subvención esté dentro del ámbito territorial del municipio de Vila.

Asimismo, la vivienda alquilada debe constituir el domicilio habitual y permanente del arrendador y de los integrantes de la unidad de convivencia durante el periodo de contrato de alquiler para el que se concede la subvención.

Entre los requisitos también figura que la renta de la vivienda objeto del contrato sea igual o inferior a 1.000 euros mensuales.

Además, todas las personas físicas que tengan o vayan a tener el domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada deben tener nacionalidad española o de algún de los estados miembros de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de extranjeros no comunitarios deberán tener residencia legal en España.

Finalmente, los ingresos íntegros de la unidad de convivencia no excederán de 22.558'78 euros (tres veces el IPREM a 14 pagas del año 2019) en el caso que esté formado por una persona adulta; y de 3.759'80 euros adicionales (0'5 veces el IPREM) por cada persona más que forme parte de la unidad de convivencia cuando esté compuesto por más de un individuo.

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