De prisa y corriendo le pidieron al secretario interino de la Corporación, Antonio Riera Buforn, un informe jurídico urgente sobre el concierto que se quería firmar con Amadiba para que gestionara una vivienda supervisada para personas con discapacidad. Dos días después de la petición, el jurista entrega el 13 de febrero el informe, que obra en poder de este diario, porque el presidente quería incluir a toda costa dicho punto en el Consell Executiu de ese día.
A pesar de que arranca el punto V de dicho informe señalando que está redactado «sin ánimo de ser exhaustivo, debido al poco tiempo del que se ha dispuesto», el jurista ha podido identificar hasta 11 irregularidades de diferente tipo y gravedad en un informe demoledor.
En el punto 11, el secretario advierte que «no se puede esgrimir la vulnerabilidad de un colectivo para prescindir de los procedimientos administrativos establecidos», jurisprudencia reiterada por la Sindicatura de Cuentas y el Tribunal de Cuentas.
Concurrencia e igualdad
Y pone en duda el procedimiento que se ha seguido para adjudicar a dedo el servicio a Amadiba a través de un concierto. «No debemos olvidar que los principios de concurrencia e igualdad de oportunidades han de regir la actuación de los poderes públicos», recuerda el jurista.
Viene a decir el secretario que por muy importante que sea el colectivo en cuestión, que lo es, el Consell no puede saltarse la ley, ya que ésta es igual para todos, se llamen como se llamen o hagan una labor social u otra actividad.
Afirmación con la que no están de acuerdo en Amadiba al tratarse de un tipo de servicios que la ley facilita que sean tramitados a través de un concierto y no de una adjudicación, como si fuera el servicio de limpieza, por ejemplo.
En esta línea, tampoco le parece acertado al secretario interino acudir «a la importancia y al carácter prioritario que han de tener las personas con discapacidad (...)» para justificar que «la urgencia que se esgrime en este expediente» sirva de «excusa» para no seguir «los procedimientos legalmente establecidos y cumplir con la normativa».
El informe, de 21 páginas, indica que no están claras si las competencias de dicho servicio corresponden al Govern o al Consell; que el informe previo del interventor no ha sido aclarado; que no está aprobada definitivamente la cartera de servicios sociales; que no está justificada la urgencia; que no está claro el servicio que se quiere prestar ya que en ocasiones se llama de una manera y en otras de otra; que se aplican leyes que están derogadas como la 4/2001; que no está claro si se ha cedido correctamente un piso del Consell d'Eivissa a la asociación y que es donde se prestará el servicio a concertar; y que tampoco está claro si el servicio a conveniar también está siendo subvencionado con una línea de 600.000 euros por otras vías.
A pesar de la contundencia de los argumentos, el secretario no llega a ninguna conclusión, es decir, no es un informe desfavorable.
«Esta es la opinión de quien suscribe, la cual es sometida a cualquier otra fundamentada en derecho. Todo lo anterior, sin perjuicio de que la superioridad, con mejor criterio, pueda resolver».
Y el gobierno insular hizo caso omiso de las advertencias y tiró hacia adelante, dejando sin cobrar a la asociación hasta que se han subsanado las advertencias de Intervención.