Los meses del permiso de maternidad deben contar como tiempo de experiencia docente a efectos de antigüedad para acceder a una plaza interina en el sistema educativo. Esta es la victoria de María Fos, una profesora ibicenca que peleó durante siete años en los tribunales para que se le reconociese este derecho. Una lucha por los derechos de la mujer que se ha alargado en el tiempo, pero que en junio de este año terminó con final feliz gracias a la sentencia del Tribunal Supremo que establece que no hacerlo constituye una discriminación por razón de sexo.
Todo empezó en 2013. María Fos era profesora interina en un instituto de Ibiza desde el 2008 y, año a año, iba renovando su plaza. Aquel nuevo curso iba por el mismo camino, ya tenía la adjudicación de la plaza y en septiembre le tocaba firmar el contrato. Además, 2013 era un año muy especial para ella, iba a ser mamá. La alegría de tener su primer hijo se convirtió en un problema. «La Conselleria me dijo que como iba a ser madre e iba a estar cuatro meses de baja, no podía firmar el contrato. Me dijeron que renunciase al contrato y que me reservaban la plaza», recuerda Fos.
«No lo entendía, era algo discriminatorio. Yo tenía mi plaza adjudicada. Además, al tener que renunciar a esos meses, también iba a perder muchos puntos para la bolsa de trabajo y no había demasiadas plazas para mi puesto. Me dijeron que si quería los puntos que renunciase a la baja de maternidad y me lo llegué a plantear. Hablé con mi médico y me dijo que las seis primeras semanas me las tenía que coger», explica.
Además, denuncia presiones por parte de Educación: «En la Conselleria me coaccionaron, me amenazaron con echarme fuera de la bolsa de profesores y acabé cediendo. Terminé dejando por escrito: ‘bajo coacción de la Conselleria renuncio a la plaza'. Iba a ser madre, era un momento de felicidad y no lo pude disfrutar como tocaba».
Juicios
Renunció a la lactancia y en diciembre recuperó su puesto de trabajo. Como le habían dicho, la Conselleria le guardó su plaza. Eso sí, por el camino se dejó un buen puñado de puntos y trienios. Con esa sensación de injusticia, María Fos comenzó su lucha contra el sistema. Habló con el Instituto Balear de la Mujer, pero allí no encontró soluciones.También se puso en contacto con los sindicatos. «Me dijeron que sí que era una discriminación y que había más mujeres en la misma situación. Les pedí ir a juicio».
Un juzgado de Palma de Mallorca rechazó sus pretensiones y descartó cualquier perjuicio y discriminación por razón de sexo. «Era una jueza», recuerda. Fueron al Tribunal Superior de Justicia de Baleares, pero también desestimaron su recurso al no ver vulnerado el principio de igualdad entre hombres y mujeres, por lo que la profesora recurrió al Supremo.
Ella continuó su vida. Aprobó una oposición con buena nota, no echó en falta los puntos que había perdido y consiguió una plaza, volvió a ser madre y, ahora, siete años después, el Tribunal Supremo le da la razón. Dejar de computar como tiempo de servicio efectivo el periodo que transcurre desde que la trabajadora da a luz hasta que regresa al puesto es una decisión «nula de pleno derecho», al vulnerar los principios de igualdad y de no discriminación recogidos tanto en la legislación española como en el derecho de la Unión Europea, señalan los magistrados.
«Me enteré por una amiga de Barcelona que lo vio en la prensa. Me dijo ‘oye esta eres tú'. Y le dije que no, pero me puse muy contenta porque vi que me iban a dar la razón. Poco después me llamó el sindicato y resultó que sí que era yo», confiesa.
«Fueron muchos años de pelea y ganar esta batalla fue una explosión de alegría porque en su día fue una frustracción muy grande. No queríamos ninguna compensación económica, solo que me reconociesen esos meses, era una lucha por los derechos de la mujer», explica.
Este supuesto en concreto ya no se puede dar en las Baleares. En 2014, la Conselleria cambió la normativa para evitar más casos como el de María Fos.