El PSOE de Ibiza seguró ayer que el equipo de gobierno del Consell impide a los consellers de la oposición consultar las diligencias abiertas durante el 2020 sobre alquiler irregular de vivienda turística.
Los socialistas recordaron en un comunicado de prensa que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Orgánico del Consell, registraron el 20 de julio un escrito solicitando consultar estas diligencias en relación con actuaciones irregulares por prácticas de alquiler de vivienda turística. Sin embargo, la directora insular de Intrusismo, Naihara Cardona, «ha impedido» el acceso a sus consellers argumentando, como hizo constar en un escrito firmado por ella misma del 8 de septiembre, «que la información es pública con ciertas limitaciones».
El interés de los socialistas viene, según su comunicado, porque el «Consell sigue sin aprobar el nuevo plan de inspección turística» a pesar de que el 28 de febrero, en el pleno el presidente Vicent Marí afirmó que estaban trabajando en su redacción y elaboración y esperaba se aprobase «en breve».
Además, el PSOE exigió a Ciudadanos, «como responsables de Transparencia del Consell», que den explicaciones por este «bloqueo de los derechos y que tomen medidas ante la actitud de obstrucción de la directora insular de intrusismo».
Respuesta del Consell
Por su parte, vicepresidente primero del Consell y conseller executiu del departament de Gestió del Territori, Infraestructures Viàries, Ordenació Turística i Lluita contra l'Intrusisme, Mariano Juan, negó estas acusaciones. Además, aseguró que «se facilitó un documento con todos los expedientes de diligencias previas que se habían abierto durante 2020», y que el conseller en la oposición que fue a hacer la consulta «no mostró interés por ningún expediente en concreto, sino que quería saber quiénes eran los responsables de los expedientes».
Así mismo, Mariano Juan aseguró que «tal y como se explicó por escrito a este grupo» y se cita en una carta adjuntda junto a la nota de prensa que se mandó a los medios, «la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, establece en su Artículo 14 que el derecho de acceso podrá tener límites cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: (...) e) la prevención, investigación y sanción de los il solícitos penales, administrativos o disciplinarios; g) las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control».
En este sentido, el PP aseguró que «es importante saber que las diligencias previas sirven para saber quién es el responsable, no sabiéndose aún cuando el procedimiento se encuentra en esta fase, ya que se deben constatar todos los hechos y delimitar su responsabilidad». Por último, confirmó que «son datos protegidos que aún se encuentran en fase de investigación».
Por todo ello, Juan indicó a los socialistas que, «amparándose en el mismo artículo 14, motiven si hay alguna causa de interés general por la que se quiera tener la información que piden, pues las diligencias previas no son resoluciones ni actos administrativos, sino actuaciones que se llevan a cabo durante la labor inspectora, con el fin de averiguar si incurren o no los requisitos para incoar un expediente sancionador».