La dirección general de Consumo contempla aplicar la sanción más grave por vulnerar los derechos de los consumidores a varias compañías del grupo International Airlines Group (IAG), entre ellas Iberia Express, Vueling y Air Nostrum, por no tener teléfonos gratuitos de atención al consumidor. El director general de Consum, Félix Alonso, señaló ayer que en caso de reiteración, tras la denuncia presentada por Facua, «se les aplicará la sanción económica más grave, que alcanza los 24.000 euros por no tener teléfonos gratuitos de atención al consumidor».
El director general de Consumo afirma que la sanción leve de 4.500 euros por cobrar por este servicio, que tiene que ser gratuito, «me parece poca por la estrategia comercial de algunas aerolíneas. Desde Consumo nos vemos obligados a actuar de oficio cuando nos llegan denuncias, en este caso de FacuaConsumidores en Acción, para controlar y erradicar estas prácticas comerciales ilegales que afectan a los consumidores y clientes de las aerolíneas».
De momento, Alonso puntualiza que son las compañías aéreas englobadas en el grupo aéreo IAG las que han sido investigadas para comprobar la ilegalidad. «A esta lista se pueden sumar otras aerolíneas, pero de momento no hemos podido comprobar los expedientes por estar saturados en estos momentos de trabajo. En cuanto se pueda también se actuará del mismo modo».
Como consecuencia de las reivindicaciones planteadas por Facua desde el inicio de la legislatura al ministro de Consumo, Alberto Garzón, el Gobierno aprobó en diciembre pasado un cambio legal para acabar con las carísimas líneas 902 y 901 de atención al cliente. Desde el 23 de diciembre las empresas que prestan servicios básicos de interés general, como las empresas de transporte, deben ofrecer líneas gratuitas. El resto, numeraciones móviles o fijas con prefijo geográfico.
Sin embargo, Iberia aún mantiene el teléfono 901 111 500, Level la línea 901 810 600 y Vueling el 902 808 005. Por su parte, British Airways, Aer Lingus y Air Europa disponen de líneas de prefijo geográfico, que tampoco resultan gratuitas, según detalla Facua.
Los consumidores que se vean obligados a llamar a líneas 902 y 901 podrán reclamar a las empresas el abono de las cantidades que tengan que pagar por ello a sus compañías de telecomunicaciones. También los que sufran un coste por llamar tanto a teléfonos móviles como fijos con prefijos nacionales o internacionales en los casos en que sea obligatorio facilitar líneas gratuitas.
La nueva normativa aprobada en diciembre, vía Real Decreto Legislativo, plantea que «en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor gratuito». Puntualiza que «tendrán la consideración de servicios de carácter básico de interés general los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen».
Félix Alonso puntualiza que las sanciones impuestas a las aerolíneas del grupo IAG «convierten a Baleares en pionera a nivel estatal en perseguir estas prácticas comerciales ilegales, de ahí que el seguimiento que se va a realizar desde Consumo, con la ayuda de las organizaciones de consumidores, tendrá como objetivo que las aerolíneas dejen de utilizar estas líneas de cobro y facilitar otras que sean gratuitas para los clientes».