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El galimatías normativo desconcierta a los taxistas

Tanto la nueva orden de carga y descarga como el reglamento del taxi tienen un largo recorrido para su aprobación mientras el sector se sustenta en normas sin actualizar

La parada de taxis del Passeig de ses Fonts, en Sant Antoni. | Daniel Espinosa

| Eivissa |

A falta de un reglamento insular, con una nueva orden de carga y descarga pendiente de estudio en el Govern y con la consecuente falta de actualización de las tarifas desde hace casi una década, el sector del taxi en Ibiza se encuentra sumido en la confusión ante la carencia de regulación en distintos aspectos.

Una situación que está poniendo en evidencia la patata caliente que significa este problema para las sucesivas administraciones y autoridades, que, en general, abordan el asunto con ímpetu cuando llegan al cargo pero a la hora de la verdad se enfrentan a un sector muy dividido que no facilita la tarea. Mientras los propios taxistas reclaman que se ponga orden cuanto antes, desde la administración expresan las dificultades que encuentran para sacar adelante una normativa a la que siempre, de un lado o de otro, se le encuentran pegas en forma de recursos administrativos y judiciales.

Trayecto de ida y vuelta
La actual situación da pie, por ejemplo, a que al usuario se le cobren unas cuotas que deberían ser más reducidas en los trayectos de ida y vuelta. Actualmente se cobra todo el kilometraje, cuando únicamente se debería pagar por el trayecto de ida, mientras en la vuelta el cobro se debería limitar al tiempo.

Según explica Joan Marí, de la Asociación de Taxistas Profesionales de Ibiza, la tarifa que se aplica en los taxímetros de la isla es la que aprobó el Consell d'Eivissa en 2014, un documento que implicaba un incremento de las tarifas que constaban en la orden de recogida y carga aprobada en 2013, que establecía sus condiciones.

Sin embargo, el TSJB declaró nula esa orden de carga, por lo que las condiciones de las tarifas que quedaron vigentes fueron las aprobadas en el año 2012 por la entonces Conselleria balear de Agricultura, Medi Ambient i Territori.

En el artículo 5.6 del régimen de tarifas máximas obligatorias de servicios interurbanos de taxi, se establece «en el viaje de retorno, el taxímetro tiene que calcular exclusivamente el tiempo de espera, si hay, cuando traslade al usuario en el vehículo».

«A pesar de que se declaró nula de pleno derecho la orden de carga de 2013, nunca se llegó a tocar la tarifa, sigue aplicándose la tarifa que aprobó el Consell en 2014 de acuerdo a las condiciones de 2013. Con esta tarifa se cobra la ida y la vuelta, porque no habla del retorno», indica Marí.

Es por ello que el pasado mes de marzo pidieron por escrito al Consell que no precintara los taxímetros con una tarifa que no es la que corresponde. Entre el 22 y el 24 de marzo se pidió a los taxistas de un modelo de taxímetro que pasaran por el hipódromo de Sant Jordi para actualizar los festivos, «a partir de este año se monta un precinto numerado que está certificado por Industria», indicaban en un mensaje interno. Pero nada se hizo por poner orden en este asunto.

Orden de carga
La actualización de tarifas del sector del taxi debería hacerse mediante la orden de carga y descarga. Se trata de un documento que el Consell consensuó con los ayuntamientos de la isla el pasado mes de septiembre y que, tras la aprobación por parte de todos los ayuntamientos, ahora está en manos de la Conselleria balear de Movilidad.

En esa orden de carga se llevan a cabo pocas modificaciones. Las principales serían la fijación de una velocidad máxima para los taxis en 110 km/hora y la asignación de servicios solicitados de taxi al vehículo más cercano independientemente del municipio al que pertenezca, excepto que el cliente se encuentre a menos de 500 metros de una parada en cuyo caso se asignaría al primer vehículo que esté esperando.

El documento también incluye la primera actualización de tarifas en siete años. El kilómetro diario pasaría a costar 1,13 euros, mientras ahora cuesta 1,09 euros, y el kilómetro nocturno o en festivo, 1,38 euros, cuando en la actualidad su precio es de 1,33, según establecía un borrador de 2020.

Según indica la Conselleria de Movilidad, «el documento está siendo evaluado por los servicios jurídicos de la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre» y esta semana tendrá una hoja de ruta para su tramitación.

Reglamento insular del taxi
En cuanto al reglamento insular del taxi, el Consell inició el año pasado este documento que quiere establecer unas normas para el sector en toda la isla por primera vez.

Se trata de un procedimiento largo que debe pasar por varias fases de aprobación antes de su entrada en vigor. El año pasado se hizo la fase de participación pública por la que debe pasar todo reglamento, en la que se consulta con las partes interesadas el texto y se estudian las sugerencias planteadas por la ciudadanía e instituciones.

Entre los elementos que el Consell quiere incorporar a este reglamento está, por ejemplo, el taxi de siete plazas.

El conseller de Transportes, Javier Torres, explica que se trabaja en un reglamento sencillo que se pueda consensuar con el sector y los ayuntamientos y que más adelante se podría enriquecer. En cualquier caso recuerda que su tramitación es «farragosa» y no da fechas para el siguiente paso, que será su aprobación inicial.

Tener licencia y ejercer otra actividad
Uno de los asuntos que suscita conflictos dentro del sector del taxi es la posibilidad de ejercer otra profesión por parte de aquellos que ostentan una licencia, algo que se cuestiona más en los tiempos que corren, dado lo poco que se ha trabajado en la isla por la pandemia. Alienta la duda la diferencia que existe entre los textos de la normativa estatal, el Real Decreto 763/1979, y de la normativa autonómica, Ley 4/2014. Mientras en el texto de 1979 se establece que el titular de una licencia deberá explotarla personal o conjuntamente «en régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión» (con alguna excepción), en la norma autonómica de 2014 no consta referencia alguna a dedicación o incompatibilidad.

Todos los ayuntamientos remiten a la ordenanza existente respecto a este tema. En Santa Eulària y Vila fijan en su articulado la «plena y exclusiva dedicación», unas palabras que no constan en los reglamentos de Sant Josep, Sant Antoni y Sant Joan, posteriores a la normativa balear. Desde los ayuntamientos concretan que el dueño de una licencia puede ser titular de otro negocio si no trabaja en el mismo. En Vila indicaron que están trabajando en un nuevo reglamento del sector.

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