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El GOB aclara que el fondeo sobre posidonia continúa siendo «ilegal y sancionable»

Los ecologistas afirman que el recurso contra el decreto de posidonia no consigue invalidar los artículos "fundamentales" de la norma

Fondeo sobre posidonia. | GOB

| Palma |

El GOB ha aclarado este lunes que el fondeo sobre posidonia sigue siendo "ilegal y sancionable" a pesar de la sentencia que ha emitido el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) sobre el recurso interpuesto al Decreto 25/2018, de 27 de julio, sobre la conservación de la posidonia oceánica en las Islas por la Asociación de Clubes Náuticos de Baleares y la Asociación de Navegantes del Mediterráneo.

Según ha informado la entidad ecologista GOB este lunes en nota de prensa, el recurso contra el decreto de posidonia no ha conseguido invalidar los artículos "fundamentales" de la norma. Solo tres puntos del articulado han sido invalidados, el que establece genéricamente el régimen sancionador, y los que marcan la ilegalidad de la posible afectación por la cadena de la áncora y la agravante del vertido de sentinas y aguas residuales.

En esta línea, desde la entidad ecologista se ha destacado que el TSJIB no ha aceptado dos de los argumentos considerados básicos de las entidades recurrentes.

Así, se ha recordado que las asociaciones de navegantes apelaron en su recurso al decreto sobre conservación de la posidonia oceánica a principios de igualdad, esgrimiendo que el decreto proyecta su régimen de protección sobre una actividad potencialmente lesiva --el fondeo-- pero no sobre la acción, según ellos, más dañina, el vertido de aguas no depuradas y salmueras.

Por otro lado, ha rememorado que las asociaciones recurrentes también consideraron vulnerado el principio de seguridad jurídica ante la ausencia, según ellos, de cartografía vigente que concrete donde no se puede fondear.

Al rechazar estos dos puntos del recurso, el Tribunal ha validado las disposiciones del decreto en cuanto a la ilegalidad del fondeo sobre posidonia y ha situado la cartografía como un instrumento informativo para la ciudadanía.

En cuanto al régimen sancionador, se ha explicado desde el GOB, a pesar que se anula el punto 13.1 que enmarca genéricamente el régimen sancionador, el tribunal no ha anulado el artículo 13.2 que concreta qué actuaciones son constitutivas de infracción administrativa. Así, ha querido dejar claro que el fondeo sobre posidonia sigue siendo "ilegal y sancionable".

Con todo, ha avanzado que ahora será el Govern el que tendrá que decidir si emprende o no una modificación puntual del decreto para adaptarlo a la sentencia y reenfocar los tres artículos que se han visto afectados.

Mientras, ha añadido, el decreto "sigue vigente en su contenido fundamental y constituye una herramienta clave para la protección de este hábitat ecológicamente tan valioso".

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