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Sant Joan precinta una guardería que funcionaba sin licencia

El responsable del local se enfrenta a una multa de 13.500 euros

Imagen de la guardería precintada por el Ayuntamiento de Sant Joan. | Arguiñe Escandón

| Ibiza | |

El Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja ha decretado la suspensión total de la actividad de un establecimiento del municipio que funcionaba como guardería a pesar de no contar con el título habilitante para ello.

Según una resolución de alcaldía, el pasado 15 de junio un ingeniero técnico industrial contratado por el Consistorio realizó una visita de inspección a este lugar y emitió un informe desfavorable sobre la realización de la actividad que allí se venía desarrollando. Varios días después, el 19 de junio, la Policía Local levantó un acta de control de establecimientos e instalaciones al no disponer el responsable del local del preceptivo título habilitante. Así, se determinó que la actividad que se realizaba en el local era la correspondiente a una guardería y no a una ludoteca, centro de yoga y cafetería, tal como aseguraba el responsable.

En redes sociales, además, este espacio se identificaba como ‘Centro Holístico Montessori', incluyendo servicios como el ‘bilingual daycare' que posteriormente se ha eliminado de sus cuentas.

Este rotativo ha podido saber que, según el informe técnico elaborado tras la visita, el proyecto presentado no concuerda con la instalación. Fuentes municipales explicaron ayer que, según el técnico, se encontraron juguetes en la terraza, así como un espacio destinado para uso de los niños, mientras que en el proyecto no se define ningún uso concreto.

Debido a las deficiencias e incorrecciones, el ingeniero concluye que «puede existir un riesgo para las personas (niños)». Además, los responsables no disponen de la correspondiente autorización sectorial de Educación para la actividad de guardería infantil.

Desde Sant Joan reiteraron que «no darán cabida a ninguna expresión de intrusismo».
Por tanto, la persona responsable se enfrenta a la comisión de una infracción grave según la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en les Illes Balears. La multa interpuesta asciende a 13.500 euros. Si la persona infractora reconociera expresamente su responsabilidad y pagara voluntariamente la multa, se le aplicará una reducción del 40%.

En el documento del Ayuntamiento se destaca además que, contra la medida cautelar de suspensión, se puede interponer un recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes. El interesado también podría presentar un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses. En los próximos 15 días se pueden presentar alegaciones.

Según el decreto municipal, si una vez adoptado el acuerdo sobre la medida cautelar de suspensión de actividad el titular no la paraliza en el plazo de 48 horas, se procederá a precintar el espacio por la vía de la ejecución forzosa.

Las medidas cautelares acordadas se podrán levantar en cualquier momento si se aprecia que han desaparecido las circunstancias que las motivaron. Si la persona infractora incumple el acuerdo de medida cautelar de suspensión de la actividad o rompe los precintos, obligará a que el órgano actuante lo comunique al Ministerio Fiscal con la finalidad de determinar las responsabilidades penales que pueda haber.

Además de dar cuenta de la decisión municipal a la Policía Local, también se comunicará a las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua potable, telecomunicaciones y otros, para que interrumpan inmediatamente el suministro en el plazo máximo de 48 horas.

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