El Consell Executiu del Consell Insular de Ibiza ha resuelto ordenar la demolición y restablecimiento inmediato de la realidad física alterada, de dos edificaciones de nueva planta de madera con uso de vivienda de unos 40 m² (edificación 1) y 16 m² (edificación 2) de superficie que además disponen cada una con terraza de madera adosada. Estas dos edificaciones ilegales se encuentran en el término municipal de Sant Josep, en una parcela con categoría de Suelo Rústico Protegido Área Natural de Especial Interés (SRP-ANEI) según la LEN, en Rústico Protegido Área Natural de Especial Interés de Alto Nivel de Protección (SRP-AANP) según el PTI, dentro del Parque Natural de ses Salines dentro del área de aprovechamiento condicionado a conservación y dentro de la Red Natura 2.000, dos edificaciones, que se han ejecutado sin licencia, contrarias a la ordenación territorial y urbanística y por tanto manifestamente ilegalizable.
Esto supone que la propiedad deberá de derribar estas construcciones en un plazo de 2 meses. Por el caso de incumplimiento del orden, la propiedad se enfrentará a la imposición de hasta 12 multas coerectivas por importe de 4.939,43 cada una de ellas correspondiente al 10% del valor de las obras ejecutadas. Si aún así toda la propiedad no procediese al derribo, el Consell Insular ejecutará la demolición repercutiendo los gastos al infractor.
Además, se han impuesto al propietario y promotor de las obras una multa de 135.843,27 euros (correspondiente al 275% del valor de las obras ejecutadas), a cada uno de ellos ascendiendo a un total de 271.668,54 euros, por una infracción muy grave para la ejecución de obras sin su correspondiente licencia.
Además, estas edificaciones cuentan también con una sanción firme por parte del Departamento de Ordenación Turística de 60.000 euros de multa (está ya en periodo de pago) por infracción muy grave para comercializar y alquiler turístico sin tener la correspondiente licencia.