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Sanidad

El IBSalut abonará una compensación por dieta el día de alta hospitalaria de los desplazados para recibir asistencia

Esta medida beneficiará a aquellos pacientes y acompañantes que deben pernoctar fuera del área sanitaria que les corresponde por lugar de residencia

Hall de entrada del hospital Can Misses. | Arguiñe Escandón

| Ibiza | |

El Servicio de Salud ha anunciado este martes que abonará una compensación por dieta el día del alta hospitalaria de las personas que deben desplazarse entre islas o a la Península para recibir asistencia sanitaria. Este abono se pagará, con carácter retroactivo, desde el 1 de mayo. Actualmente, la cuantía fijada en la compensación por dieta es de 20 euros por persona y día.

Esta medida mejora la compensación de los efectos de la insularidad, «ya que beneficia a todos aquellos pacientes (y sus acompañantes) que deben pernoctar fuera del área sanitaria que les corresponde por lugar de residencia y quedan ingresados en un centro sanitario», han precisado desde la Conselleria de Salud. También supone una mayor equidad e igualdad en el acceso y la utilización de los recursos sanitarios de los ciudadanos de las Islas Baleares, sobre todo de los ciudadanos que viven en Menorca, Ibiza y Formentera y que deben desplazarse con mayor frecuencia para recibir determinados tratamientos.

Durante el año 2023 hubo 24.778 traslados de pacientes y acompañantes: 19.229 fueron interislas y 5.549 a la Península. El coste de los traslados de pacientes y acompañantes (dietas, transporte y pernoctación) fue de un total de 3.167.535 euros. En el Área de Salud de Ibiza y Formentera, se llevaron a cabo 10.439 traslados de pacientes y acompañantes: 9.341 fueron interislas y 1.098 a la Península. El coste total fue de 1.117.009 euros. En el Área de Salud de Menorca se llevaron a cabo 10.743 traslados de pacientes y acompañantes: 9.888 fueron interislas y 855 a la Península. El coste total fue de 1.320.570 euros.

Según han explicado desde la Conselleria de Salud, las compensaciones que tiene derecho a percibir el paciente en relación con el transporte aéreo, marítimo o terrestre, dietas, pernoctación y cuantías de compensación por doble insularidad se detallan en la Orden del conseller de Salud y Consumo de 19 de enero de 2011, y se han ido actualizando con posterioridad a través de las leyes de presupuestos.

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