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Consulta aquí cómo solicitar las ayudas para el mantenimiento y la recuperación de Bienes de Interés Cultural

Consell de Ibiza

| Ibiza |

El Consell Insular de Ibiza ha abierto la convocatoria de ayudas 2025-2027 para la conservación, recuperación y mantenimiento de Bienes de Interés Cultural (BIC) de la tipología Monumento y de otras tipologías BIC que incluyan elementos constructivos destacados en alzada y en situación de riesgo, dentro del ámbito territorial de la isla de Ibiza. La convocatoria se rige por las bases publicadas en el BOIB del 25 de septiembre de 2025 y el extracto correspondiente, que activan los plazos de tramitación.

El objetivo de este programa es fomentar la recuperación y la conservación del patrimonio histórico de Ibiza y garantizar su disfrute público y la transmisión a las futuras generaciones. Las actuaciones subvencionables incluyen, entre otras, estudios histórico-arqueológicos, trabajos de restauración cuando sean preceptivos, obras para asegurar la estabilidad del bien, encalados con calcio y reposiciones de morteros originales, eliminación de intervenciones inadecuadas y adecuación del entorno inmediato hasta 50 metros, así como museización para facilitar la apertura al público en bienes de titularidad pública o privada. Quedan excluidos los edificios de culto religioso y los inmuebles ubicados dentro de la zona BIC del conjunto histórico de Ibiza.

La dotación máxima de la convocatoria es de 500.000 euros, distribuida de manera plurianual en 150.000 euros (2025), 75.000 euros (2026) y 275.000 euros (2027). Cada proyecto puede recibir hasta 150.000 euros y, en cualquier caso, no más del 95 % del presupuesto subvencionable. Las ayudas son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad siempre que, en conjunto, no se supere y el coste total de la actuación.

Personas físicas y jurídicas, públicas (ayuntamientos) o privadas pueden solicitar la ayuda para intervenciones llevadas a cabo entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de septiembre de 2027. Si la solicitud la formula quien no es titular, es necesaria una autorización de la propiedad según el modelo normalizado.

El plazo para presentar solicitudes es de 25 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOIB, para esta convocatoria, el periodo se extiende del 26 de septiembre al 30 de octubre.

Las solicitudes con la documentación establecida en los anexos de las bases, se pueden tramitar telemáticamente en la sede electrónica del Consell (obligatorio para los sujetos previstos en el artículo 14.2 d ella Ley 39/2015) o presencialmente en el Registro General para personas físicas, sin perjuicio de otros registros admitidos por ley.

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