La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santa Eulària ha aprobado una propuesta de resolución por la que se impone una sanción de 177.525,99 euros a la propietaria de una vivienda situada en la avenida Punta Arabí, en la parroquia de es Canar, por haber realizado un cambio de uso de residencial a turístico sin título habilitante durante el verano de 2025.
Según informan desde el Consistorio, el expediente se inició a raíz de un acta de control de alquiler vacacional levantada por la Policía Local el 13 de junio de 2025, en la que se constató «la comercialización de la vivienda como estancia turística a través de una plataforma digital de alquiler vacacional». Durante la inspección se verificó la existencia de una reserva de cuatro noches, del 9 al 13 de junio de 2025, así como la prestación de servicios propios de actividad turística.
La vivienda inspeccionada se ubica en un edificio de tipología plurifamiliar situado en suelo urbano, cuya calificación urbanística es de uso residencial. Es decir, se trataba de un piso en una finca que tiene uso residencial y que, por tanto, no se permite otro tipo de uso. De acuerdo con la normativa urbanística de la Villa del Río, en los edificios plurifamiliares queda expresamente prohibido el uso residencial turístico en la modalidad de alquiler vacacional, por lo que el cambio de uso detectado no resulta legalizable.
Tras la incoación del expediente sancionador por infracción urbanística y la tramitación del procedimiento administrativo correspondiente, la propuesta de resolución determina la imposición de la sanción en el tramo medio previsto por la Ley 12/2017 de Urbanismo de Baleares para cambios de uso no legalizables, que establece un porcentaje del 75 % sobre el valor de la edificación. En este caso, el valor de referencia del inmueble asciende a 236.701,33 euros, lo queda lugar a la cuantía sancionadora aprobada de algo más de 177.000 euros.
Prohibido
La Ley 8/2012 de Turismo de las Islas Baleares no permite que se lleve a cabo el alquiler turístico en edificios residenciales plurifamiliares en la isla de Ibiza. Las sanciones pueden ascender hasta 400.000 euros.
En este punto es preciso destacar que el alquiler de pisos a turistas está expresamente prohibido en Ibiza y que se persigue por una doble vía. La primera, por la vía turística ejecutada por el Consell de Ibiza y para la cual disponen de un equipo específico para ello en el departamento de Lucha contra el Intrusismo. La segunda, que es la ejecutada en este caso por el Ayuntamiento de Santa Eulària, por la vía urbanística mediante la cual si un edificio está en un solar de uso residencial no se permite el uso turístico porque tiene uso residencial asignado y, por tanto, se está acometiendo una ilegalidad penalizable con el 75% del valor de la vivienda, según así lo prevé la Ley de Urbanismo de Baleares.
Buzón de denuncia de pisos turísticos
A ello se suma que el Consell de Ibiza ha habilitado un canal de denuncia en el que particulares pueden poner al corriente a la institución insular para que actúe contra un determinado piso turístico. En este sentido, en la web del Consell de Ibiza (www.conselldeivissa.es) yendo al departamento de Lucha contra el Intrusismo y, una vez ahí, yendo a 'pisos turísticos' se puede encontrar un formulario en el que poner todos los datos del piso turístico que se quiere denunciar. El formulario es éste:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdTcyiZsZxE9TgLp0tqBpb-tcIUdBSDlrWsyaN4mmpOS3CuLA/viewform
"Si haces la denuncia anónima y necesitamos recabar algún dato adicional, no tendremos cómo contactarte. Por ello se recomienda poner algún dato de contacto", precisan desde el Consell de Ibiza.
Otra opción de llegar al formulario de denuncia es poniendo en el buscador de Google 'denuncia piso turístico Ibiza Consell d'Eivissa' y es la primera página que ofrece Google como resultado.
Se ve que el Ayuntamiento de Santa Eulària solo sabe recaudar, porque lo que tengo entendido que pagar no paga a prácticamente a nadie. Ni trabajadores ni proveerdores. Asi si que se puede tener deuda cero…..