El Pleno del Consell Insular de Ibiza ha acordado no admitir el recurso de alzamiento interpuesto contra el acuerdo del Consell Ejecutivo del 14 de junio de 2024 relativo a un expediente de disciplina urbanística para la realización de obras sin título habilitante en suelo rústico protegido Área Natural de Especial Interés (SRP-ANEI), en el término municipal de Sant Joan de Labritja.
La obra
Las actuaciones se llevaron a cabo en una parcela ubicada en el polígono 9, parcela 273, en la Venda de s’Àguila, en Sant Vicent de sa Cala, y consisten en la construcción de diversas edificaciones y elementos anexos de uso residencial sin licencia urbanística. Concretamente, se trata de cinco edificaciones: una primera destinada a lavandería y cuarto técnico (53,26 m² construidos), una segunda con habitación y baño (57,12 m²), una tercera también con lavandería y cuarto técnico (153,68 m²), una cuarta compuesta por sala de estar-comedor, cocina, baño y cuarto técnico (99,71 m² construidos) y una quinta con sala de estar-comedor, cocina, baño y dos habitaciones (80,46 m² construidos).
Además, en el espacio de la parcela se ejecutaron otras construcciones no permitidas: una piscina de 195,35 m² , un anfiteatro de 165,70 m², una terraza pavimentada de 429,37 m², una pérgola de 172,41 m² que envuelve la vivienda original y una instalación fotovoltaica de 92 m².
Conclusiones del servicio técnico
Los servicios técnicos concluyeron que «todas estas actuaciones son manifiestamente incompatibles con la ordenación territorial y urbanística vigente», atendiendo que se encuentran en suelo rústico protegido ANEI, «donde el uso de vivienda unifamiliar está expresamente prohibido», han puntualizado desde el Consell. La valoración económica de las obras ejecutadas sin autorización se fijó en 591.852,31 euros.
El acuerdo ordenaba el restablecimiento de la realidad física alterada e imponía una sanción de 1.479.630,78 euros, correspondiente al 250 % del valor de las obras, de acuerdo con lo que establece la Ley de urbanismo de las Islas Baleares para las infracciones muy graves en suelo rústico protegido. Ahora la propiedad dispone de 6 meses para presentar el proyecto de derribo de las obras.
Recurso de alzamiento???