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Pleno del Consell de Ibiza

Una propiedad expedientada por obras ilegales en Sant Joan tiene seis meses para presentar el proyecto de demolición

El pleno de la máxima institución insular no ha admitido el recurso de alzamiento interpuesto contra el acuerdo del Consell Ejecutivo de 2024 relativo a este expediente

Imagen de archivo de una construcción ilegal en suelo protegido de Sant Josep que el Consell mandó demoler | Foto: Consell de Ibiza

| Sant Joan de Labritja |

El Pleno del Consell Insular de Ibiza ha acordado no admitir el recurso de alzamiento interpuesto contra el acuerdo del Consell Ejecutivo del 14 de junio de 2024 relativo a un expediente de disciplina urbanística para la realización de obras sin título habilitante en suelo rústico protegido Área Natural de Especial Interés (SRP-ANEI), en el término municipal de Sant Joan de Labritja.

La obra

Las actuaciones se llevaron a cabo en una parcela ubicada en el polígono 9, parcela 273, en la Venda de s’Àguila, en Sant Vicent de sa Cala, y consisten en la construcción de diversas edificaciones y elementos anexos de uso residencial sin licencia urbanística. Concretamente, se trata de cinco edificaciones: una primera destinada a lavandería y cuarto técnico (53,26 m² construidos), una segunda con habitación y baño (57,12 m²), una tercera también con lavandería y cuarto técnico (153,68 m²), una cuarta compuesta por sala de estar-comedor, cocina, baño y cuarto técnico (99,71 m² construidos) y una quinta con sala de estar-comedor, cocina, baño y dos habitaciones (80,46 m² construidos).

Además, en el espacio de la parcela se ejecutaron otras construcciones no permitidas: una piscina de 195,35 m² , un anfiteatro de 165,70 m², una terraza pavimentada de 429,37 m², una pérgola de 172,41 m² que envuelve la vivienda original y una instalación fotovoltaica de 92 m².

Conclusiones del servicio técnico

Los servicios técnicos concluyeron que «todas estas actuaciones son manifiestamente incompatibles con la ordenación territorial y urbanística vigente», atendiendo que se encuentran en suelo rústico protegido ANEI, «donde el uso de vivienda unifamiliar está expresamente prohibido», han puntualizado desde el Consell. La valoración económica de las obras ejecutadas sin autorización se fijó en 591.852,31 euros.

El acuerdo ordenaba el restablecimiento de la realidad física alterada e imponía una sanción de 1.479.630,78 euros, correspondiente al 250 % del valor de las obras, de acuerdo con lo que establece la Ley de urbanismo de las Islas Baleares para las infracciones muy graves en suelo rústico protegido. Ahora la propiedad dispone de 6 meses para presentar el proyecto de derribo de las obras.

1 comentario

user Jor | Hace 13 minutos

Recurso de alzamiento???

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