El Consell de Govern ha aprobado el Decreto Ley de medidas urgentes en materia de protección de la salud pública, una norma que incorpora dos actuaciones preventivas dirigidas a proteger especialmente a niños y adolescentes frente a riesgos para la salud derivados del consumo de bebidas energéticas, cada vez más frecuentemente mezcladas con alcohol y que en los últimos años se han extendido de forma significativa entre la población menor de edad.
La medida principal del decreto ley es la prohibición de la venta y el suministro de bebidas energéticas a menores de edad en las Illes Balears. Junto a ella, la norma refuerza la regulación del óxido nitroso (N₂O), conocido popularmente como gas de la risa, para impedir su comercialización con fines recreativos y reforzar la protección de los menores frente al acceso a esta sustancia.
La aprobación del decreto ley responde a la evolución observada en los hábitos de consumo de la población adolescente y al conocimiento científico disponible sobre sus efectos. Los informes técnicos ponen de manifiesto que el consumo de bebidas energéticas se está extendiendo de forma generalizada entre los jóvenes, con los riesgos que ello conlleva.
Riesgos sobre la salud de los menores
Según la encuesta ESTUDES 2023, el 47,7 % de los estudiantes de entre 14 y 18 años había consumido bebidas energéticas durante el último mes, y el 19,5 % reconocía haberlas mezclado con alcohol en ese mismo periodo. Estos productos contienen habitualmente concentraciones elevadas de cafeína, junto con azúcares y otros estimulantes, y su consumo por parte de menores es desaconsejado por las principales sociedades científicas. La evidencia disponible asocia su consumo con alteraciones del sueño, nerviosismo, taquicardia, un elevado aporte de azúcares y un mayor riesgo cuando se combinan con bebidas alcohólicas.
El consumo de estas bebidas resulta cada vez más generalizado entre los menores de edad, solas o combinadas con alcohol, lo que genera unos riesgos asociados a la obesidad, la diabetes de tipo 2, la enfermedad metabólica o el aumento del riesgo cardiovascular. Por otro lado, la mezcla de bebidas energéticas con alcohol provoca una reducción de la percepción subjetiva de embriaguez, sin que disminuya la alcoholemia o el deterioro psicomotor, lo que favorece un consumo de alcohol más elevado, retraso en el reconocimiento de la intoxicación y, por tanto, un aumento de las conductas de riesgo.
En relación con el óxido nitroso —utilizado como sustancia recreativa por su bajo coste, su fácil disponibilidad y un efecto rápido—, los informes técnicos y la evidencia científica señalan que su uso, en determinados entornos de ocio nocturno y turístico, puede provocar pérdida de conciencia, alteraciones de la coordinación, accidentes e hipoxia, así como, en casos de consumo repetido, lesiones neurológicas asociadas a un déficit funcional de vitamina B12, como parestesias, ataxia y alteraciones cognitivas o psiquiátricas.
Bebidas energéticas
El nuevo decreto ley prohíbe la venta y el suministro de bebidas energéticas a menores de edad en el conjunto de las Illes Balears, en cualquier modalidad de venta. Tienen la consideración de energéticas las bebidas no alcohólicas que contienen cafeína en alta concentración como ingrediente estimulante, combinada ordinariamente con azúcares y otros componentes estimulantes como la taurina, la guaraná o la glucurolactona.
La prohibición relativa a las bebidas energéticas se circunscribe a su venta y suministro a menores de edad. Es importante subrayar que la regulación no afecta a otras categorías de productos, como las bebidas isotónicas de reposición deportiva, que responden a una composición y una finalidad distintas.
Gas de la risa
Por otro lado, también se prohíbe la venta, la dispensación y la publicidad del óxido nitroso cuando esté destinado a la inhalación con fines recreativos, a la vez que se refuerza la protección frente al acceso de los menores al óxido nitroso. El decreto ley deja al margen de la nueva regulación los usos médicos, odontológicos, hospitalarios, alimentarios e industriales del óxido nitroso, que continúan plenamente autorizados.
La norma actúa exclusivamente sobre su comercialización con fines de inhalación recreativa, un fenómeno emergente cuya presencia ha aumentado en determinados entornos de ocio. Los informes técnicos describen que el consumo recreativo de esta sustancia puede provocar pérdida de conciencia, alteraciones de la coordinación, accidentes, hipoxia y, cuando el consumo es repetido, lesiones neurológicas relacionadas con el déficit funcional de vitamina B12.
Incumplimiento
El decreto ley incorpora el incumplimiento de estas prohibiciones como infracción grave dentro de la Ley sobre drogodependencias y otras adicciones de las Illes Balears, con el correspondiente régimen sancionador. Un incumplimiento grave de lo que dispone esta norma podría implicar una multa de entre seis mil un euros (6.001 €) y sesenta mil euros (60.000 €).
La cuantía de las multas se ha de graduar teniendo en cuenta los criterios de riesgo para la salud, la gravedad de la alteración sanitaria producida, el beneficio ilícito obtenido, la naturaleza de los perjuicios causados, el grado de intencionalidad y la reiteración de la conducta infractora.
El objetivo de esta regulación es la protección de niños y adolescentes frente a los riesgos asociados al consumo de bebidas energéticas, que está ganando presencia en la actualidad. La nueva regulación se enmarca dentro de la estrategia del Govern para reforzar las políticas preventivas en materia de salud pública y promover entornos más saludables para la infancia y la adolescencia.