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Un año de cárcel por fotografiar a niñas desnudas en Eivissa

El acusado, con una condena anterior firme por lo mismo, intentó convencer en ses Figueretes a dos menores para que posaran para él sin ropa

La policía ya tenía informes de que el acusado «buscaba» niñas que pudieran ser sus víctimas en la playa de ses Figueretes.

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El juzgado de lo Penal número 1 ha impuesto otros once meses de cárcel a un vecino de Eivissa que recientemente fue juzgado de nuevo por fotografiar a niñas desnudas, esta vez sin consumarlo, en hechos que le valieron en su día una condena de dos años de prisión en una sentencia que ya figura como firme. El acusado, Armando Muntaner Torres, de 45 años de edad, ha sido condenado en el nuevo fallo judicial por un delito continuado de utilización de menores con fines pornográficos en grado de tentativa y absuelto de un presunto delito de abusos sexuales en iguales términos, cargos por los que el fiscal pedía tres años de prisión. Esta última sentencia se encuentra apelada por la defensa.

El acusado ya fue detenido en Eivissa en agosto de 1998 tras descubrírsele en un domicilio abundante material fotográfico, registro que se llevó a cabo después de que la policía le relacionara con dos menores a las que le propuso lo mismo en la muralla de Dalt Vila, uno de los lugares que frecuentaba junto con la playa de ses Figueretes, tal y como ya publicó Ultima Hora Ibiza y Formentera .

Un año después fue juzgado y condenado a dos años de prisión, pena que quedó en suspenso a cambio de un tratamiento psicológico ininterrumpido durante cinco años. Dicho tratamiento no dio los resultados apetecidos por lo que se revocó y se decretó su ingreso en prisión. Esta misma persona se sentó en el banquillo en julio, tras haber tenido lugar su nueva detención en febrero del año pasado por la reincidencia que le ha supuesto ahora una nueva condena.

La sentencia precisa que «no consta en autos que las niñas tengan alguna anormalidad o fantasía infantil que pudiera hacer dudar de lo declarado (...), no desvirtuadas por otras pruebas practicadas de contrario». Por otro lado, exculpa al imputado de abuso sexual al no acreditarse que éste realmente quisiera tener relaciones sexuales con las pequeñas.

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