La juez Francisca Ramis, del juzgado de lo Penal número siete de Palma, ha dictado una sentencia absolutoria a favor de un constructor, que trabajó como subcontratista de las obras del aeropuerto de Son Sant Joan, que fue acusado de un delito fiscal. La Fiscalía de Palma y la abogacía del Estado acusaron a este empresario de no haber abonado el impuesto de IVA del año 95 y reclamaron, además de dos años de cárcel, que abonara una multa de casi 45 millones de pesetas. También pidieron que indemnizara a la agencia tributaria con más de 22 millones de pesetas.
La juez, sin embargo, ha rechazado estas elevadas peticiones económicas y ha aceptado la tesis que mantuvo el abogado defensor Ignacio Forteza Rey. La agencia tributaria exigió el pago de unos impuestos por una serie de facturas emitidas, que al mismo tiempo eran certificaciones parciales de obras. Este empresario realizó estas obras como subcontratista de la empresa Huarte, y una vez concluido el trabajo emitió estas facturas. Sin embargo, la empresa constructora fue declarada en suspensión de pagos y el acusado no cobró las facturas, a pesar de que él había firmado las certificaciones de obra.
El letrado Forteza Rey, y así lo ha creído también la juez, sostuvo que la agencia tributaria no puede exigirle a un constructor que pague los impuestos de una factura que no ha cobrado, al margen de que haya firmado la certificación de obra. La juez ha tenido mucho más en cuenta el peritaje realizado por la defensa, que el que presentó Hacienda. Aunque el constructor reconoció que no pagó impuestos (quedó casi en quiebra) , según pudo demostrar su abogado, la cantidad defraudada no alcanza el mínimo para que se considere delito fiscal. Por ello, la sentencia es absolutoria y el constructor no debe pagar la multa.