Los jueces imponen penas más reducidas y aplican con más frecuencia circunstancias atenuantes de la pena cuando el homicida es el marido y la víctima su pareja que a la inversa, según un estudio realizado por las abogadas barcelonesas Maria José Varela y Pilar Ulibarrena. El estudio, que se centra en el análisis de 100 sentencias de toda España sobre homicidios y asesinatos consumados e intentados, sostiene que los jueces aplicaron en un 57 por ciento de los casos, la pena mínima establecida en el Código Penal para cada uno de los delitos cuando el autor era el marido o pareja de la víctima.
Por contra, cuando la autora del homicidio o asesinato fue la mujer, los jueces aplicaron, en un 75 por ciento de los casos, la pena en la mitad de su extensión y en el resto en su mitad superior. De hecho, en el 50 por ciento de estos casos se aplicaron circunstancias agravantes del delito. El estudio establece que cuando el homicidio o asesinato se comete entre extraños, la proporción de atenuantes aplicadas por los tribunales es semejante a la que se establecen cuando la autora es la mujer de la pareja.
De los casos estudiados, el 57 por ciento de las víctimas convivía con el autor del homicidio y en muchos casos, los delitos se produjeron después de que la víctima comunicara su intención de separarse. En el estudio, sólo en uno de los homicidios cometidos por mujer se apreció una eximente incompleta, que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya denominó «síndrome de la mujer maltratada», y que fundamentó en la violencia habitual que sufría la víctima.