La Audiencia de Palma ha condenado a 10 años de prisión a Sorin Oirga S. por los delitos de agresión sexual y lesiones, por violar a su cuñada y darle una paliza brutal en agosto de 2012, en la vivienda que compartían en Ibiza.
Los hechos ocurrieron la mañana del 25 de agosto de 2012, cuando el acusado, que estaba en el salón de la casa donde residían, llamó por teléfono a la víctima que dormía en su habitación con la llave echada, le pidió que saliera para hablar con ella y le propuso practicar sexo oral.
La joven intentó huir y pidió ayuda a gritos por el balcón tras lo cual el agresor la amenazó, le arrancó la ropa, la golpeó e intentó que le practicara sexo oral sin conseguirlo por la residencia que opuso la mujer.
Cuando ella intentó escapar de nuevo, el hombre la golpeó repetidamente en la cabeza, las costillas y el cuello, la arrastró cogida por el pelo hasta un sofá y le introdujo la lengua en la vagina mientras se masturbaba.
Tras la agresión ella se encerró en su habitación, llamó a su novio y le pidió que acudiera con la policía. El hombre fue detenido después de intentar huir descolgándose por la ventana hasta el piso inferior.
La mujer sufrió fractura nasal, contusiones y hematomas en toda la cara y en los brazos, varias heridas en la manos y el cuello, y arrancamiento de parte del cuero cabelludo, lesiones de las que tardó 120 días en curar y que le han dejado secuelas psiquiátricas con trastorno de la personalidad y síndrome postconmocional.
Aunque el agresor alegó que había consumido droga y alcohol y no recordaba nada, la Sección Segunda de la Audiencia considera plenamente acreditado que golpeó repetidamente a la víctima y «conocía perfectamente que estaba realizando un acto sexual no consentido que consistió en acceso carnal por vía vaginal en unas condiciones muy vejatorias y denigrantes» para la mujer.
En la sentencia, la Sección Segunda de la Audiencia califica como probado que el acusado golpeó repetidamente a la víctima y la violó y destaca la credibilidad del relato de la mujer durante el juicio, «sin síntoma alguno de exageración de los hechos», así como las conclusiones del médico forense que la examinó.
El forense explicó que tras la agresión «toda ella era morada» y que había sido objeto de «la agresión más brutal» que había visto «nunca en su vida». Añadió que jamás había realizado una exploración en la que hubiera visto mayores pruebas de resistencia de una víctima de agresión sexual.
En cuanto al acusado, que alegó ser alcohólico y adicto a las drogas, el forense declaró que presentaba rasgos psicopáticos como falta de empatía, agresividad y falta de arrepentimiento y que su comportamiento agresivo era voluntario y consciente.
La Audiencia de Palma señala en la sentencia que pese a sus adicciones el acusado tenía sus facultades volitivas y cognitivas intactas cuando ocurrieron los hechos y que sus idea suicidas no son más que un mero reflejo del carácter psicopático del acusado.
Además de la pena de prisión, el tribunal condena al acusado también a indemnizar con 30.000 euros a su cuñada por las lesiones, secuelas y daños morales sufridos y le prohíbe acercarse a ella a menos de 200 metros durante ocho años.