El presunto pederasta de Ciudad Lineal, Antonio Ortiz, se encuentra «muy cabreado» al considerar que ya «está juzgado» a pesar de que no se ha celebrado aún el juicio contra él como autor de cuatro agresiones sexuales cometidas entre 2013 y 2014.
Así lo ha indicado su defensa en un corrillo en los pasillos de la Audiencia de Madrid. La previsión de Ortiz es, al igual que ha hecho a lo largo de toda la instrucción, acogerse a su derecho a no declarar. Siempre ha defendido su inocencia y su defensa sostiene la tesis de que se han manipulado pruebas de cargo que hay contra él.
El juicio contra el presunto pederasta de Ciudad Lineal, Antonio Ortiz, arranca este martes en la Audiencia Provincial de Madrid tras dos años entre rejas como posible autor de cuatro delitos de agresión sexual, cuatro delitos de detención ilegal y uno de lesiones.
Penas
El acusado afronta penas de entre 26 y 126 años de cárcel. La Sección Séptima será la encargada de juzgar los hechos, con la presidenta María Luisa Aparicio al mando de las sesiones.
Ministerio Público solicita una pena de 77 años y seis meses de prisión. Además, exige una indemnización de 75.000 euros para la testigo protegido 2 (TP2) por los daños morales, a la testigo protegido 3 (TP3), de 300 euros por los días que tardaron en curar sus lesiones y estuvo impedida para dedicarse a sus ocupaciones habituales y de 100.000 euros por los daños morales causados.
En el caso de la testigo protegida 4 (TP4), la Fiscalía solicita una indemnización de 900 euros por los días en que estuvo hospitalizada para curar sus heridas y de 150.000 euros por los daños morales. La testigo protegido 5 (TP4), deberá ser indemnizada, en su caso, en la cantidad de 100 euros por el día que tardó en curar sus lesiones y en 100.000 euros por los daños morales.
Según el fiscal, una vez cumplidas las penas de prisión, se impondrá al procesado, por cada uno de los cuatro delitos de agresión sexual, la medida de libertad vigilada durante un periodo de diez años. Además, la Fiscalía, recuerda que, con lo preceptuado en el artículo 76.1 a) del Código Penal vigente en la fecha de la comisión de los hechos el límite máximo de cumplimiento efectivo de la condena será de veinticinco años.