Los afectados por haber pagado de más en sus cuotas hipotecarias a causa de las cláusulas suelo no recuperarán su dinero de forma inmediata pese a que la Justicia europea las haya declarado nulas. Así lo explicó este jueves la técnica de la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) en las Islas Maria Mallorquí a un grupo de afectados que acudió por la tarde a una asamblea informativa.
Se estima que en las Islas hay más de 82.000 afectados por estas cláusulas y cientos de casos ya están en los juzgados, entre los que figura una demanda colectiva interpuesta por Adicae. La sentencia europea, que dicta que se debe devolver todo el dinero pagado de más y no solo desde 2013, como falló el Tribunal Supremo, ha provocado una avalancha de dudas y llamadas por parte de los afectados. Desde Adicae recomiendan, en primera instancia, reclamar ante el servicio de atención al cliente de la entidad financiera con la que se ha firmado la hipoteca. Si en dos meses no se ha obtenido ninguna respuesta o la contestación no es favorable, la reclamación se debe presentar al Banco de España.
A partir de ahí, es cuando se debe recurrir a la vía judicial. En este sentido, la técnica de Adicae señaló que, a partir de ahora, los jueces actuarán con más celeridad a la hora de resolver los casos relacionados con cláusulas suelo ya que deberán cumplir la jurisprudencia europea. «Muchos casos estaban pendientes de esta resolución», señaló Mallorquín.
De todos modos, habrá que esperar a la actuación de las entidades financieras. «No sabemos cómo actuarán», reconoció la técnica de Adicae, quien recomendó a los consumidores que revisen bien cualquier propuesta de resolución por parte de los bancos. Aún así, desde esta asociación de consumidores animan a los afectados a presentar una reclamación lo antes posible y no esperar a que la entidad financiera actúe de oficio.
Otra de las recomendaciones que hacen desde Adicae a los posibles afectados es revisar el contrato hipotecario y, en concreto el apartado 3B, que es, por norma general, el que contempla si existe o no una cláusula suelo. Cabe señalar que en caso de que exista, no aparece con este nombre, sino con ‘limitación a la baja' o similares. En caso de que la hipoteca ya haya vencido, se deberá estudiar el caso concreto para saber si se puede recuperar el dinero.