El juez no aprecia delito en los contratos de la Conselleria de Cultura y la Agencia Balear de Turismo con el antiguo jefe de campaña de Més, Jaume Garau. Tras año y medio de instrucción, el magistrado Enrique Morell, descarta la existencia de delitos de prevaricación y de tráfico de influencias. La interposición de la querella de la Fiscalía Anticorrupción, en octubre de 2017, detonó la dimisión de la exconsellera de Cultura Ruth Mateu y los ex directores generales de la ATB Pere Muñoz, de Cultura Jaume Gomila y el del Institut d'Estudis Baleàrics Josep Ramon Cerdà. Todos declararon como investigados y ahora quedan exculpados con el archivo provisional.
La querella de la Fiscalía se basaba en la existencia de indicios de que se habían troceado los contratos para adjudicarlos sin concurso a Garau y a empresas relacionadas con él. De la Conselleria de Cultura los trabajos que se cuestionaban eran una encuesta sobre consumo cultural que se tradujo en tres contrataciones diferentes; y de la de Turisme, otra sobre satisfacción de turistas que habían visitado las Islas y para la que se recurrió a dos empresas. El magistrado señala que todos los investigados «explicaron de forma coherente» estos contratos y las razones para dividirlos. «De forma unánime afirmaron que, por un lado, están las encuestas y, por otro, los estudios encargados en base a estas mismas, de tal forma que las encuestas pueden utilizarse luego para otros estudios, no solo para los previstos», señala el juez que añade: «Tales afirmaciones las justifican con criterios acogibles, defendibles y razonables».
El auto recuerda que para que exista una prevaricación es necesario que las decisiones que tome la administración sean ilegales de forma «evidente, patente, flagrante y clamorosa» y es justo lo contrario a lo que el magistrado señala que declararon los investigados.
Otras pruebas
Además de esas declaraciones, el instructor Enrique Morell apunta a otras pruebas como los informes de la Agencia Tributaria que provocaron una segunda declaración de Garau. Esos documentos apuntaron a relaciones comerciales entre las empresas del antiguo asesor de Més y otra de las adjudicatarias. Sin embargo, señala, no ha quedado demostrado que existiera un concierto previo entre las dos sociedades para repartirse los contratos de Cultura. «En definitiva, el resultado de las numerosas pruebas practicadas no permite atisbar o descubrir fuera de conjeturas y con sospechas fundadas, razonables y lógicas la posible responsabilidad de los investigados», concluye el auto de archivo.
La resolución judicial se produce de oficio, sin que hubiera sido solicitada previamente por las defensas y sin traslado previo a las acusaciones. En el mismo auto se descarta llevar a cabo las diligencias que había solicitado el Partido Popular, personado como acusación. La formación pidió que se realizara una pericial sobre el valor de los trabajos y el dinero abonado. El instructor señala que hasta ese momento ésta no era una «cuestión controvertida» y que «en ningún caso, el resultado de tal diligencia tiene virtualidad para cambiar el sentido de la presente resolución» porque no se cuestionaba el precio sino la legalidad de las propias contrataciones.