La Abogacía del Govern hacía valer para prolongar las medidas del estado de alarma decisiones del tribunales superiores como el valenciano y otra de abril del año pasado del Tribunal Constitucional que ya establecía que, ante la falta de certezas científicas sobre algunos aspectos del virus, «las medidas de distanciamiento social y limitación de contactos son las únicas que se han adverado eficaces para limitar los efectos de una pandemia de dimensiones desconocidas hasta la fecha».
También recuerda que la declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud está aún en vigor y que el propio estado español mantiene la declaración de riesgo sanitario, lo que avala el uso de limitaciones de algunas libertades. Otro de los argumentos que empleaba es que se han autorizado por parte de varios tribunales superiores, incluido el de Baleares, los cierres perimetrales de barrios o pueblos.
Así, considera que estas suponen también una limitación del derecho de libre circulación y que, el toque de queda no deja de ser una situación similar. El tribunal dará a conocer el auto en el que desarrolla sus propios razonamientos a lo largo de los próximos días.