Este martes, un día después del 44 aniversario de la creación de los consells insulars, el Pleno del Parlament aprobó la nueva ley que regula el funcionamiento de estas instituciones con 49 votos a favor, cuatro votos en contra (el diputado Maxo Benalal y Vox) y dos abstenciones (Més per Menorca). Un avance en materia de autogobierno insular y operatividad, trabado por la Ley de Bases de Régimen Local según lamentaron casi todos los grupos.
Al acto acudieron representantes de todos los consells de las islas, en el caso de Ibiza el propio presidente del Consell, Vicent Marí, defendió la posición del PP en su faceta también de diputado.
Modernización
La Ley de Consells busca responder a las necesidades de modernización de esta institución y la exigencia de eficacia y eficiencia de la gestión pública.
Se intenta delimitar la singularidad a esta institución que hasta ahora funcionaba prácticamente como un ayuntamiento a pesar de tener competencias autonómicas delegadas. Se mantiene este doble carácter local y autonómico, pero se pone de relieve el ejercicio del gobierno de la isla y, por tanto, su papel como Comunidad Autónoma.
Uno de los aspectos principales de la Ley es que se refuerza la posición de la presidencia y el Consell Executiu que podrán ejecutar de forma directa algunas competencias administrativas que hasta ahora correspondían al Pleno. Así, el presidente podrá diseñar los departamentos administrativos y el Consell Executiu podrá organizar la política de personal, la contratación pública, la expropiación forzosa o impulsar acciones judiciales.
Este refuerzo de la capacidad de acción del ejecutivo del consell viene acompañada de unas reglas de sometimiento al control del Pleno.
Por primera vez se regulan los mecanismos para el desarrollo del sector público instrumental que se puede implantar en cada isla: organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades públicas, fundaciones del sector público y consorcios. Por primera vez se establecen reglas para la creación, la organización, el funcionamiento y la extinción de estas entidades, con objeto de buscar la racionalidad, la eficacia y la eficiencia de estas estructuras.
La normativa también dedica un apartado al buen gobierno y al gobierno en funciones e introduce reglas para la transición entre mandatos, entre equipos de gobierno, similares a la estatal y autonómica.
Finalmente se tiene en cuenta en esta Ley, tras casi quince años desde su nacimiento, la singularidad del Consell de Formentera como doble institución: insular y local.
Limitaciones
En prácticamente todas las ponencias se hizo hincapié en la limitación que ha supuesto la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) al nuevo texto legislativo. El hecho de tener que cumplir con muchos requisitos de las entidades locales hace que legalmente los consells no puedan ejercer las competencias transferidas desde la Comunidad Autónoma en igualdad de condiciones.
El presidente del Consell d'Eivissa apeló a una reforma de la normativa básica (la LBRL) que permita reconocer la singularidad de los gobiernos insulares. Esta normativa es «una fuente de problemas», la calificó Marí, dado que crea confusión a los funcionarios a la hora de ejecutar las competencias insulares.
Desde el Grupo Socialista, Damià Borràs llegó a pedir la derogación del artículo 41 de esa ley que equipara, sin más, los consells a las diputaciones provinciales.
El apunte
Una norma que llega con quince años de retraso
Isaac Vaquer FerrerTras la actualización del Estatuto de Autonomía de Balears en 2007 se hacía necesaria una nueva ley de consells, que databa del año 2000. Sin embargo esta tarea se fue dejando a pesar de que surgían continuamente voces al respecto, sobre todo de servicios jurídicos de las instituciones locales. Uno de los aspectos más sangrantes era la situación del Consell de Formentera, dado que sus características especiales no se regulaban en la anterior ley de consells, redactado cuando todavía existía el Consell d’Eivissa y Formentera.