El término «VERIFACTU» (o VERI*FACTU) es una forma abreviada que se está utilizando para hacer referencia al conjunto de obligaciones derivadas del Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el RD 1007/2023, de 5 de diciembre.
Se trata de un nuevo sistema que establece los requisitos técnicos concretos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos de facturación que utilicen empresas y profesionales. El propósito del sistema es reforzar la trazabilidad de las operaciones y evitar la manipulación o eliminación de facturas sin registro, en particular, la nueva normativa pretende acabar con el «software de doble uso» en materia de facturación. VERIFACTU forma parte del desarrollo de la Ley 11/2021, de 9 de julio, popularmente conocida como Ley Antifraude, y se aplicará a todos los contribuyentes que utilicen programas informáticos (software) de facturación.
El funcionamiento del sistema consiste en que cada factura emitida quede registrada de forma inalterable en el propio programa informático, creando una cadena de registros que permitan verificar la trazabilidad de todas las operaciones. Las empresas y profesionales pueden optar por enviar esos registros automáticamente a la Agencia Tributaria o no hacerlo pero, en ese caso, su sistema debe garantizar la conservación de los registros, garantizando su integridad e inalterabilidad. Además, las facturas deben incorporar un código QR que permita comprobar su validez y que, en su caso, han sido emitidas mediante un sistema verificable. Los fabricantes y desarrolladores de estos programas deberán certificar su cumplimiento con las especificaciones técnicas establecidas por esta nueva normativa mediante una declaración responsable que lo acredite.
Cabe destacar que la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece una sanción de 50.000 euros por ejercicio para los usuarios de programas que no estén debidamente certificados cuando sea obligatorio por disposición reglamentaria, o cuando se hayan alterado o modificado los dispositivos certificados. Estaba previsto que esta normativa entrase en vigor en el año 2026, no obstante, el Gobierno, mediante el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, ha retrasado un año la fecha en que estas obligaciones serán exigibles. Este Real Decreto-ley deberá ser convalidado por el Congreso en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación.
Tras esta modificación de última hora, la implantación será gradual, es decir, las sociedades mercantiles deberán adaptarse antes del 1 de enero de 2027, mientras que las personas físicas con actividades económicas (autónomos), los no residentes con establecimiento permanente en España y las entidades en atribución de rentas, tendrán de plazo hasta el 1 de julio del mismo año. El sistema no afectará a quienes estén incluidos en el Suministro Inmediato de Información (SII), normalmente empresas de mayor tamaño, que ya comunican sus facturas electrónicamente a Hacienda pero sí afectará, en cambio, a aquellas pymes y autónomos de las islas que actualmente utilizan programas de facturación (salvo que opten voluntariamente por acogerse al SII o por utilizar la solución pública de facturación habilitada por la AEAT).
En Illes Balears, donde el tejido económico se compone en gran parte de pequeñas y medianas empresas y de trabajadores por cuenta propia, el cambio tendrá un impacto muy relevante, ya que muchos negocios de comercio, restauración, hostelería y servicios deberán actualizar o sustituir sus actuales programas de facturación para ajustarse a esta nueva regulación. Con esta medida, se pretende reducir el fraude y garantizar que todas las ventas queden registradas en el sistema. Sin embargo, su aplicación práctica plantea desafíos para los negocios más pequeños, que deberán asumir los costes de actualización tecnológica y formación. Por ello, sin un periodo de adaptación suficiente ni apoyo técnico, el cumplimiento podría resultar complicado para los autónomos y pymes de las islas.