Tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, todos ellos con varias resoluciones pendientes de dictar que podrían verse afectados por la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que ha tumbado la «doctrina Parot», han expresado cautela en espera de conocer la letra pequeña de la resolución, que en todo caso deberá ser estudiada en cada caso y no tendrá una aplicación automática.
Previsiblemente, el recurso de Del Río será avocado al Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que tratará este caso concreto y su posible aplicación al resto de presos en la misma situación. Este mismo viernes había un Pleno ordinario convocado, pero no es seguro que el tema de la Parot sea tratado en esta sesión, según las mismas fuentes.
En el Tribunal Supremo, que creó la citada doctrina donde existen 6 recursos vivos relacionados con la aplicación de la «Parot», tampoco hay prevista la celebración de ningún Pleno o reunión informal para tratar este asunto.
En lo que respecta al Constitucional, por el momento tiene pendientes de resolver 23 recursos de amparo contra la «doctrina Parot». De ellos, 17 están pendientes de sentencia, mientras que los seis restantes aún tienen que ser o no admitidos a trámite.
La gran mayoría de los recursos de este órgano son de presos de ETA, un total de 22, mientras que el restante ha sido presentado por un preso común en Valencia. La cifra puede ser actualizada en las próximas horas, ya que en las últimas semanas han entrado nuevos recursos de amparo que el tribunal aún debía cuantificar, y podrían llegar otros nuevos.
El tribunal de garantías ha expresado igualmente su cautela respecto cuál será la mecánica de trabajo una vez conozcan en su totalidad la sentencia del TEDH, y tampoco se ha hablado aún de Pleno, que debería ser convocado por su presidente, Francisco Pérez de los Cobos.
En principio, la sentencia hecha pública por la Gran Sala del TEDH afecta únicamente a la miembro de ETA Inés del Río, si bien la doctrina que se adopte tendrá consecuencias, si sus representaciones legales así lo solicitan, respecto del resto de integrantes de la banda en la misma situación y de otros presos a los que se les ha aplicado, que son violadores reincidentes, asesinos en serie o narcotraficantes.
Del Río acudió en amparo al Tribunal Constitucional contra la aplicación en su caso de estas doctrina, que supone en la práctica una extensión de la condena al obligar a que la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios...) se aplique respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión.