La Organización Médica Colegial (OMC) ha pedido este sábado que la nueva ley del aborto incluya el supuesto de malformación grave o enfermedad incompatible con la vida del feto para que la mujer pueda someterse a la interrupción involuntaria del embarazo.
La Asamblea General de la OMC, que representa a todos los colegios médicos de España, ha aprobado hoy una declaración institucional sobre el anteproyecto de ley, que ha aprobado el Gobierno, en la que recuerda que los poderes públicos son responsables de conciliar sensibilidades diferentes.
El texto señala que la mujer que decide abortar «no ha de ser considerada ni definida de antemano como una enferma mental» y considera que la responsabilidad de certificar por parte de dos psiquiatras un grave peligro para su salud psíquica como condición para interrumpir el embarazo «queda en manos del criterio de cada profesional».
Además, la OMC manifiesta ser consciente de la «inequidad» que puede derivarse por la transposición de la directiva europea de asistencia sanitaria, que permitirá que cualquier española que desee abortar en los plazos que establecen los respectivos países de la Unión Europea, salvo Irlanda y Malta, pueda hacerlo si asume su coste.
Los médicos piden introducir en la nueva ley que al menos el padre o la madre de la menor de 16 y 17 años sean informados de la decisión de su hija de interrumpir su embarazo y que solo se obvie esta información cuando alegue fundadamente (certificado por los servicios sociales) que provocará un conflicto grave (peligro cierto de violencia familiar, amenazas, coacciones, malos tratos o situación de desarraigo o desamparo).
Además, aboga por una educación sexual y reproductiva «decidida» y el acceso gratuito a la píldora de emergencia (del día después) en los centros de salud y de orientación familiar.
La declaración institucional considera «necesario promocionar y favorecer activamente políticas específicas y de apoyo económico a la maternidad responsable y especialmente a familias con hijos con minusvalías y necesidades de cuidados específicos».
La OMC recuerda que los médicos no pueden negar, ocultar o manipular información para influir en la decisión de la madre sobre la continuidad de su embarazo, por lo que la objeción de conciencia del médico se puede admitir en acciones directas pero no en actuaciones indirectas.
Los colegios médicos consideran que la ley debería especificar que la interrupción voluntaria del embarazo debe ser realizada «por personal sanitario cualificado parta ello».