El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto de gestión de la incapacidad temporal en el primer año de duración y el proyecto de ley de mutuas, por el que se concede a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral injustificado.
Empleo estima que se conseguirá un ahorro cercano a los 300 millones de euros en la gestión de la incapacidad temporal con la mayor intervención de las mutuas en estos procesos.
En concreto, las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común desde el primer día de la baja (hasta ahora sólo podían intervenir a partir del decimosexto día) y formular, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica «motivada».
Además, de acuerdo con lo aprobado en los presupuestos generales del Estado de 2014, se regula la posibilidad de suspender la prestación cautelarmente cuando el trabajador no se presente a un reconocimiento médico. Si en el plazo de 4 días el trabajador no ha justificado debidamente su ausencia se extinguirá la situación de incapacidad temporal.
De esta forma, si la ausencia ha sido por causa justificada no se extingue automáticamente la prestación como ocurría antes de la modificación.
A partir de ahora, el parte de confirmación será de hasta cinco días de baja, y se podrá expedir el parte de baja y alta en la misma visita médica.