La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a diez años de prisión a un taxista que agredió sexualmente en Santiago a una clienta de 19 años, tras desviarse de la ruta inicial y aprovecharse de que la víctima se había quedado dormida.
Según señala la sentencia, con fecha de 29 de julio de 2022, los hechos ocurrieron hace más de cuatro años, en la madrugada del 8 de marzo de 2018. La joven se subió a la parte trasera del taxi en el que trabajaba el condenado, que en aquella fecha contaba con 43 años de edad, en el centro de la ciudad.
Los magistrados consideran probado que el hombre, "aprovechándose de la circunstancia de que se quedó adormilada durante el trayecto de apenas cinco minutos de duración", desvió su trayectoria al llegar a la zona de Galeras y "desconectó el localizador del vehículo".
Acto seguido, de acuerdo con el relato probado, condujo "hacia una zona no determinada, situada a las afueras de la ciudad, oscura, carente de iluminación artificial y sin viviendas cercanas a la vista".
Así, el hombre se valió de estas circunstancias, así como de que previamente había cogido el teléfono de la víctima del asiento trasero, para bajarse del coche, introducirse en la parte trasera del vehículo y cometer la agresión sexual.
En ese momento, subraya el tribunal, la joven estaba "paralizada por la situación de terror que estaba viviendo ante la imposibilidad de pedir ayuda y el miedo a lo que pudiera sucederle".
Entonces, el acusado aprovechó "para ponerse un preservativo y, en contra de la voluntad de la joven, penetrarla vaginalmente, ante lo cual ella comenzó a llorar pidiéndole que parara".
Al finalizar, el taxista volvió al asiento del conductor, le devolvió el móvil y condujo hasta el domicilio de la joven, que fue todo el trayecto "llorando". Cuando llegó a casa, la chica llamó un amigo y, tras relatarse la violación, le pidió que acudiese.
Se quedó "paralizada"
Los magistrados describen en la sentencia que no solo se trató de una relación sexual no consentida, sino que se cometió "mediante la intimidación empleada por el acusado, aprovechándose de unas circunstancias buscadas con la finalidad de generar un estado de terror en la víctima, que la dejaron paralizada y sin posibilidad de reacción".
Además, destacan la veracidad del testimonio de la víctima, porque contó "de modo persistente, convincente y sin contradicciones", a lo largo de todo el procedimiento, lo ocurrido la madrugada del día 8 de marzo de 2018.
"La descripción de los hechos que hace no solo es consistente y coherente, sino que concuerda con todos los restantes medios", destaca la Sala, al tiempo que añade que la versión de la víctima está corroborada "por el testimonio de las personas que estuvieron con ella inmediatamente después de los hechos, por las lesiones físicas que presentaba y por la huella psíquica" reflejada en un informe pericial psicológico. También es lo que concuerda con los datos del recorrido realizado por el taxi aquella noche.
El acusado, por su parte, sostuvo durante el juicio que la relación sexual había sido consentida y que se la había propuesto la joven. Sin embargo, los magistrados hacen hincapié en que su versión "resulta bastante poco creíble" y "presenta rasgos más propios de una ficción que de la realidad".
"No solo ha resultado incoherente e increíble, sino que su relato no se corresponde temporalmente con los datos objetivados en la causa", insisten.
"Especialmente grave"
Asimismo, los magistrados de la Audiencia reprochan especialmente que el condenado estaba "desempeñando un servicio público como es el de taxi que, precisamente, genera una sensación de confianza y seguridad en quien lo utiliza, especialmente por la noche".
En este contexto, el tribunal entiende que la pena de diez años solicitada por las acusaciones es adecuada, porque es "especialmente grave" el hecho de que "un taxista recoja a una chica de 19 años, de madrugada, y se aproveche de que esta se queda dormida para llevarla a un lugar oscuro y solitario, en donde no tiene posibilidad alguna de pedir ayuda o de escapar, quedando completamente a merced del agresor, con el temor que ello puede generar en la víctima a sufrir cualquier tipo de acto violento, sin descartar un ataque contra la propia vida".
Del mismo modo, afirma que el grave daño psíquico causado a la joven ha quedado "sobradamente acreditado", así como la alteración de sus hábitos de vida.
Por todo lo expuesto, los magistrados han condenado al hombre a una pena de 10 años de prisión y a ocho años de libertad vigilada por un delito de agresión sexual, así como al pago de una indemnización de 20.000 euros a la joven. También le ha impuesto una prohibición de aproximarse y comunicarse con ella durante 15 años.
También entienden que el propietario del taxi --el acusado era su empleado desde hacía años-- debe indemnizar a la víctima en la misma cuantía como responsable civil subsidiario.