El Tribunal Supremo ha decretado el ingreso en prisión provisional y sin fianza del exministro José Luis Ábalos y de su exasesor Koldo García por el riesgo extremo de fuga ante la inminencia del juicio por la trama de adjudicación irregular de contratos de mascarillas durante la crisis sanitaria. El instructor, Leopoldo López, tras aceptar las peticiones de la Fiscalía Anticorrupción y de las acusaciones populares impulsadas por el Partido Popular, considera que la proximidad del juicio y la severidad de las penas solicitadas, que pueden alcanzar los treinta años de prisión, hacen insuficientes las medidas cautelares previas, como la prohibición de abandonar España y las comparecencias quincenales en sede judicial.
Esta decisión afecta especialmente a Ábalos, diputado en ejercicio del Congreso. Esta es la primera vez que un parlamentario nacional se enfrenta a prisión provisional por presuntos delitos de corrupción en la gestión de compras públicas de material sanitario. El magistrado López ha notificado el auto a la presidenta del Congreso, Francina Armengol, cumpliendo con los requisitos legales de comunicación institucional, y situando tanto a Ábalos como a Koldo formalmente a un paso de juicio oral.
Elevadas condenas solicitadas y agravamiento del riesgo de fuga
La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado 24 años de prisión para Ábalos y 19 años y medio para Koldo por organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y uso de información privilegiada. Por su parte, las acusaciones populares lideradas por el PP piden penas de hasta 30 años, sumando los delitos de prevaricación y falsedad documental. La petición fiscal incluye una multa superior a 3,9 millones de euros y, en el caso del empresario Víctor de Aldama, siete años de cárcel tras su confesión que permitió destapar la trama.
Defensa y argumentos ante el Supremo
Durante la audiencia en el Supremo, Ábalos acudió en solitario y declaró al juez: "No tengo dinero ni a dónde ir". Su defensa, encabezada por Carlos Bautista, ha asegurado que no existe riesgo efectivo de fuga dado su "arraigo institucional" como diputado y ha advertido que una prisión preventiva sin condena vulnera su derecho a la representación política. Asimismo, la defensa ha apuntado que el encarcelamiento podría interpretarse como una estrategia para presionar y obtener una declaración colaborativa, citando el caso del empresario Aldama.
En paralelo, Koldo García defendió su arraigo alegando la presencia de su madre mayor y su hija menor en España y rechazando la posibilidad de evasión. Su abogada, Leticia de la Hoz, alegó competencia incorrecta del Supremo y defendió que el caso fuera devuelto a la Audiencia Nacional, aunque sin éxito.
Argumentación de la acusación fiscal
El fiscal Alejandro Luzón fue especialmente rotundo en la solicitud de prisión provisional, recalcando que "ningún poder del Estado tiene derecho a sustraerse de la acción penal" y subrayando que la pertenencia al Gobierno no exime de responsabilidad penal. La representación del Ministerio Público insiste en que la gravedad de los hechos y la cuantía de las penas requeridas disparan el riesgo de huida y justifican, según su criterio, la privación de libertad preventiva antes del juicio.
Desarrollo de la causa y próximos pasos
La resolución del Supremo llega tras la propuesta para juzgar a Ábalos, Koldo y Aldama por el presunto cobro de comisiones y la adjudicación irregular de contratos públicos, en concreto con la mercantil Soluciones de Gestión. La trama, en la que se investigan delitos graves contra la administración pública, continúa sumando piezas judiciales y mantiene en vilo el calendario institucional dada la relevancia pública de los implicados.
Professor H`exacto, así deberían ser las cárceles, o como las de Sudamérica, tercermundistas, para eso se le dice cumplir condena, no solo privado de libertad, no es lo mismo.