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Editorial

El TSJB y el derecho a la información

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha acordado, por unanimidad, restringir la obtención de imágenes por parte de los medios de comunicación en las dependencias de su sede en Palma, limitándolas, de hecho, a las obtenidas durante la celebración de los juicios, incluso con una regulación específica. Las nuevas normas significan, en la práctica, que queda prohibido fotografiar o filmar en el interior del edificio "en especial el patio" a los encausados o los testigos cuando entran o son conducidos por la policía.

Las disposiciones que impone el TSJB son una nueva vuelta de tuerca contra la libertad de expresión y el derecho a la información, aunque éstas o muy similares "justo es reconocerlo" ya se aplican en otras sedes judiciales como las de Inca, Manacor o Eivissa. La única excepción, por el momento, está en los juzgados de Instrucción y lo Penal de Vía Alemania de Palma y sa Gerreria, donde todavía se mantiene cierto margen para que los redactores gráficos puedan desarrollar su labor.

Resulta llamativo que la reglamentación que impone el TSJB no trata en profundidad la cuestión ya que se limita a dictar unas limitaciones en el movimiento de los periodistas dentro de la sede judicial. Deben ser ellos y sus respectivos medios los responsables últimos de su labor en estas dependencias, al igual que en otros muchos ámbitos de la labor periodística. No cabe duda de que la extraordinaria expectación mediática de determinados casos puede obligar, de un modo puntual, a establecer un determinado control y orden en el interior de Can Berga, pero ello no significa que se puedan dar por aceptables unas normas que limitan el derecho a la información, aunque las dicten los jueces.

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