Un tribunal del jurado está juzgando en Palma el primer crimen cometido en Ibiza en el que la Fiscalía pide prisión permanente revisable (PPR). En agosto de 2023, siempre según el relato de la acusación, la acusada prendió fuego a la casa en la que vivía la víctima en Ses Païsses, un hombre de 77 años dependiente, que estaba durmiendo, causándole la muerte. Al tratarse del asesinato alevoso de una persona especialmente vulnerable, es posible condenar a dicha pena, que supone el encarcelamiento mínimo por 25 años. La PPR fue aprobada por el PP en solitario y entró en vigor en marzo de 2015.
Ningún otro partido apoyó la medida y fue recurrida ante el Tribunal Constitucional, que en 2021 la avaló por mayoría, aunque con los votos particulares del actual presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido y la ahora magistrada del TC, María Luisa Balaguer. PNV, PSOE y Unidas Podemos intentaron en 2018 derogar la medida, pero fue rechazada. Pasado el tiempo, esa pena aparece como una herramienta más del ordenamiento jurídico. Han sido condenados a ella 45 hombres y 11 mujeres; y de ese total, siete fueron revocados. La sociedad —y el legislador— entendieron que existían crímenes tan graves que requerían una respuesta extraordinaria. Antes, la cuestión era si esta pena atentaba contra los principios de reinserción; hoy el propio Tribunal Constitucional la considera compatible con la Constitución. El caso objeto de juicio ahora en la Audiencia Provincial, cumple todos los elementos que justificaron su creación: víctima especialmente vulnerable (una persona mayor y dependiente), incendio premeditado y móvil económico. Ya veremos el veredicto y el posterior fallo del tribunal, pero hay que destacar que ya no se percibe ningún debate sobre la aplicación de esta medida. Las reticencias por una sanción tan severa parecen haber desaparecido.