El Consell de Formentera prepara un recurso de apelación contra la sentencia del juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Palma por la que se le condena a reconocer la contratación de R.C.L., como bombero colaborador del Consell desde el 7 de enero de 2013, debiéndole abonar la cantidad de 80.199,31 euros, más los intereses legales.
El auto dictado con fecha 20 de marzo también anula los nombramientos de dos hombres que accedieron a una plaza a la que aspiraba el demandante, a pesar de que no cumplían algunos de los requisitos.
Según informaron fuentes del Consell, la institución insular rechazó «de forma respetuosa» la conciliación celebrada ayer ante el Tribunal de Mediación y Arbitraje, ya que el demandante ha presentado una segunda denuncia por «despido improcedente» y por la que solicita 11.500 euros más. La institución insular subraya que fue el demandante quien no quiso renovar a la finalización del contrato.
Demanda abusiva
El Consell de Formentera señala estar «muy sorprendido» por el hecho de que la sentencia recoja todos los argumentos» del demandante que consideran «abusivos» y anuncia que se reservan todas las acciones legales que correspondan «contra la pretensión de enriquecimiento injusto que supone una reclamación como la planteada por R.C.».
La sentencia 37/16 no es firme y contra la misma se puede presentar un recurso de apelación en el plazo de quince días. El auto puede derivar en otras actuaciones ya que ha sido remitido a la Fiscalía para que investigue la «posible comisión de hechos delictivos ante la admisión de aspirantes y posterior contratación, careciendo de requisitos para ello, así como, específicamente, respecto de la paralización injustificada de nombramiento durante más de un año resultando en la contratación» de otro hombre.
Los servicios jurídicos del Consell de Formentera advierten que la «sentencia se tuvo que rectificar por los errores que contiene, no ha tenido en consideración las pruebas y alegaciones que presentado la institución ni que el demandante ya no trabaja en el Consell porque abandonó voluntariamente antes de la sentencia».