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Pleno del Consell de Formentera

El Consell de Formentera llevará al Pleno la legalización de edificaciones en suelo rústico

La institución aplicará la disposición adicional séptima de la Ley 7/2024 con condiciones específicas adaptadas al territorio insular

El pleno se celebra este jueves 30 de abril. | Foto: Consell de Formentera

| Formentera |

El equipo de gobierno del Consell Insular de Formentera, Sa Unió, someterá a votación plenaria la propuesta de acuerdo para aplicar en la isla la disposición adicional séptima de la Ley 7/2024, que regula el procedimiento extraordinario de legalización de edificaciones, construcciones, instalaciones y usos existentes en suelo rústico.

La iniciativa permitirá desplegar en Formentera este procedimiento previsto por la normativa autonómica, aunque incorporando condiciones específicas fijadas por el propio Consell. En este caso, la institución actúa con una doble condición: como consejo insular, acordando la aplicación del procedimiento en el ámbito territorial de Formentera; y como administración municipal, estableciendo las medidas concretas que deberán incorporar los proyectos técnicos de legalización.

El vicepresidente segundo y consejero de Territorio e Infraestructuras, Javier Serra, ha explicado que «esta propuesta no abre ninguna puerta a nuevas construcciones ni supone una legalización automática de todo lo que existe en suelo rústico. Lo que hacemos es aplicar una herramienta legal, prevista por la normativa autonómica, para dar una salida ordenada, técnica y garantista a situaciones que ya existen».

Serra ha remarcado que el objetivo es dar seguridad jurídica a determinadas edificaciones existentes respecto de las cuales, de acuerdo con la normativa vigente, el Consell ya no puede adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística. En este sentido, ha insistido en que «no se trata de hacer negocio, sino de dar respuesta a problemáticas reales de ciudadanos de Formentera».

Qué situaciones podrán regularizarse

Esta disposición permitiría dar salida a situaciones que, hasta ahora, no tenían una vía clara de regularización, especialmente en el caso de edificaciones acabadas después de 1956 que no se ajustaban a las modificaciones incorporadas posteriormente al Plan Territorial Insular, o construcciones que en su momento se ejecutaron únicamente con autorizaciones o permisos militares y que no habían podido regularizarse administrativamente.

El procedimiento se podrá aplicar a edificaciones, construcciones, instalaciones y usos existentes en suelo rústico, tanto en suelo rústico común como en suelo rústico protegido, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la ley y que hayan transcurrido los plazos de prescripción correspondientes.

«No estamos hablando de una medida mayoritaria ni de una actuación que deba modificar el paisaje de la isla. Estamos hablando de dar salida a casos concretos, a realidades que ya están y que, si no se ordenan, pueden acabar generando también un problema paisajístico por degradación o abandonamiento», ha señalado el consejero.

Medidas específicas para Formentera

La propuesta que se llevará a aprobación establece que los proyectos técnicos de legalización deberán incorporar, además de las exigencias previstas por la ley, medidas específicas adaptadas a la realidad de Formentera. Entre estas, habrá un sistema de depuración de aguas residuales adecuado al Plan Hidrológico de las Islas Baleares, medidas de adaptación a las condiciones generales de estética del Plan Territorial de Formentera, reducción de la contaminación lumínica, mejoras de eficiencia energética e hídrica, y el correspondiente proyecto de integración paisajística.

Serra ha destacado que «Formentera no se limita a aceptar la aplicación de esta disposición, sino que incorpora criterio propio». «Como Consell Insular aceptamos el despliegue del procedimiento en la isla, pero como administración municipal establecemos condiciones para que cualquier legalización extraordinaria sea compatible con nuestro territorio, con el paisaje y con el modelo de isla que defendemos», ha afirmado.

Prestación económica adicional con tramos temporales

Además de la tasa ordinaria de licencia y de los impuestos correspondientes, las personas interesadas deberán abonar una prestación económica adicional. Esta prestación se calculará sobre el presupuesto de obra presentado en el momento de la solicitud y será del 10% si la legalización se solicita durante el primer año, del 12,5% si se presenta durante el segundo año y del 15% si se tramita durante el tercer año.

El vicepresidente ha subrayado que este procedimiento «tiene una orientación claramente ciudadana». «Durante muchos años hemos visto disposiciones o mecanismos que han favorecido sobre todo actividades económicas o sectores empresariales. En este caso, hablamos sobre todo de ciudadanos, de familias y de viviendas que necesitan una respuesta administrativa clara», ha apuntado.

Exclusiones y prohibición de uso turístico

La propuesta también deja claro que no todo será legalizable. Quedan excluidos los supuestos que marca la normativa, como edificaciones situadas en dominio público, zonas de protección de carreteras, servidumbres de costas, servidumbres del dominio público hidráulico, zonas inundables, actuaciones sujetas a expropiación, cesión obligatoria o derribo, entre otros.

Asimismo, en el caso de las viviendas legalizadas mediante este procedimiento extraordinario, la licencia deberá hacer constar expresamente la prohibición de destinarlas a la comercialización de estancias turísticas.

«Es importante que quede claro que esto no es una vía para crear nuevos usos turísticos ni para alimentar ninguna expectativa especulativa. Es una herramienta para ordenar, con rigor y con garantías, una realidad existente», ha insistido Serra.

Una vez aprobada por el Pleno, la propuesta deberá publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. A partir de esta publicación comenzará a contar el plazo de tres años para presentar las solicitudes de legalización extraordinaria.

El Consell Insular de Formentera defiende que la aplicación de esta disposición se hará con prudencia, control técnico y garantías jurídicas, con el objetivo de compatibilizar la seguridad jurídica de la ciudadanía con la protección del paisaje, del suelo rústico y del modelo territorial propio de la isla.

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