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El Tribunal Superior considera que los despidos de Iberia no fueron nulos

Los declara improcedentes y permite a la compañía elegir entre readmitir a los empleados o indemnizarlos

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La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Balears ha estimado el recurso de suplicación presentado por Iberia contra la sentencia que dictó el Juzgado de lo Social de Eivissa en la que se declaraban nulos los 27 despidos que la compañía realizó el pasado verano.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Ultima Hora Ibiza y Formentera , recoge que, si bien no se puede deducir de los hechos que los empleados no quisieran incorporarse a sus puestos de trabajo como argumentaba Iberia, tampoco puede afirmarse que se haya vulnerado la libertad sindical, como aseguraban los demandantes, por lo que declara improcedentes los despidos y retira la multa impuesta a la compañía. Los hechos se remontan al mes de abril, cuando una parte de la plantilla se negó a firmar los contratos ante el perjuicio que suponían para sus condiciones laborales. La compañía lo interpretó como una renuncia al puesto.

Iberia tendrá que comunicar próximamente cuál es la decisión adoptada, si prefiere prescindir de los empleados a costa de pagarles una indemnización de 45 días por año de servicio y el abono de los salarios de tramitación o readmitirlos.

De todas formas, la decisión de la compañía no afecta al grueso de los 27 empleados ya que Iberia desistió a interponer recurso de suplicación en el caso concreto de siete empleados.

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