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La Ley de Comerç redefine el concepto de gran superficie y les impone unas tasas

El anteproyecto otorga libertad de horario a las tiendas de las zonas turísticas

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El anteproyecto de la Ley de Comercio de Balears, que será aprobada a principios del año 2001, considera como gran superficie a aquellos establecimientos promovidos por empresas con más de 250 trabajadores, con un volumen de negocio anual superior a 40 millones de euros o que estén participadas en más de un 25% por alguna compañía que cumpla alguna de las condiciones citadas, independientemente del espacio que ocupen, según aseguró ayer el vicepresident del Govern, Pere Sampol.

Sampol, que presentó el borrador a los miembros del sector, anunció, asimismo, que estas grandes superficies tendrán que pagar una tasa de 5.000 pesetas por cada metro cuadrado de superficie de exposición y venta. Aquellas superficies de nueva creación tendrán que pedir una licencia autonómica que podrá ser denegada si Comerç considera que las necesidades de los usuarios están ya cubierta en esa zona. En lo que respecta a los horarios se mantiene la limitación de 72 horas pero se permite libertad en aquellas zonas propuestas por los ayuntamientos como turísticas.

Otros aspectos novedosos que incluye la normativa, además de la limitación de 1.000 metros cuadrados para las grandes superficies, son las medidas para evitar el fraude en las rebajas y la limitación para vender alcohol en centros sanitarios, la UIB, centros deportivos dependientes de la Administración y centros para jóvenes, así como en gasolineras y centros de conveniencia a partir de las 22'00 horas. El anteproyecto, que contempla multas de hasta 50 millones, pretende también «diferenciar las actividades de mayoristas y minoristas», prohibir la venta ambulante en zonas turísticas, (manteros) y que el pan vendido en establecimientos que no despachen sólo este producto se ofrezca envasado.

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