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El Consell defiende con un informe jurídico la demolición del molino de Villa Abel

El letrado sostiene que no se ha incumplido la Ley de Patrimoni

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El Consell Insular defiende en un informe jurídico, firmado por Antoni Riera Buforn, letrado de la institución, la legalidad de la demolición del molino de Villa Abel, en Can Raspalls, propiedad de la familia Matutes. Al menos, el estudio jurídico determina que el derrumbe del molino no atenta contra la Ley de Patrimoni sin entrar en que la actuación se llevó a cabo sin licencia de obra, lo cual concierne al Ayuntamiento de Sant Josep.

En mayo de 2003 el anterior gobierno del Pacte incoó expediente de protección de los molinos del Pla de Sant Jordi con la categoría de Bien Catalogado (BC) después de que se denunciara el desmantelamiento de las aspas del molino de Villa Abel. El Consell instó al Ayuntamiento de Sant Josep a que ordenara la paralización de las obras que se llevaban a cabo, lo cual no sirvió para que a finales de junio se echara abajo el safareig anexo al molino.

El nuevo gobierno del PP declaró la caducidad del expediente de protección de los molinos el 22 de noviembre del año pasado y, curiosamente, dos días después se procedió a la demolición del molino. En su informe, el letrado del Consell asegura que no se cometió «ningún tipo de infracción administrativa» puesto que el molino ya no contaba con ninguna figura de protección en el momento de su demolición. También remarca que el molino nunca se llegó a declarar Bien Catalogado. «No existía ninguna protección formal específica al amparo de la Ley de Patrimoni Històric de les Illes Balears para el citado molino en la fecha señalada en la denuncia», recalca.

Asimismo, el letrado indica que la Ley de Patrimoni determina que es «potestad» del Consell «la preservación de los bienes inmuebles no declarados de interés cultural ni catalogados». Precisamente, el Pacte denunció los hechos y, en su denuncia, recordaba este artículo de la ley que determina que el Consell Insular, con el objeto de preservar los valores culturales de un bien, puede impedir cualquier obra o intervención en bienes integrados del patrimonio histórico aunque no cuenten con ninguna figura de protección.

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