La Demarcación de Eivissa y Formentera del Colegio Oficial de Arquitectos alerta, en su escrito de alegaciones al Plan Territorial Insular (PTI), del escaso control de la indisciplina urbanística por parte de los ayuntamientos y, por ello, reclama un proceso más exhaustivo a la hora de determinar qué viviendas existentes son legales o no.
Los arquitectos, «atendiendo a la práctica habitual de indisciplina urbanística en suelo rústico y a la falta de rigor de algunos servicios técnicos municipales», recomiendan una profunda revisión del artículo del PTI que especifica que todas las viviendas construidas con autorización antes de 1956, fecha en la que entró en vigor la Ley del Suelo, pueden considerarse legales sólo con la presentación de un certificado municipal que acredite que figura en el catastro o en otro registro o documento público.
Este colectivo apunta en sus alegaciones que «debería quedar garantizado que la vivienda existente hubiera sido legalmente autorizada» y que, por tanto, disponga de proyecto redactado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional. De la misma manera, alerta de la necesidad de constatar que la autorización se refiera a la totalidad de la vivienda, «exigiendo de esta forma que sean previamente legalizadas las innumerables ampliaciones realizadas».