El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Palma ha declarado la nulidad de la licencia de obra mayor y el final de obra del proyecto de construcción de 24 locales y almacenes en el polígono industrial de Montecristo, en Sant Antoni, por proyectarse y ejecutarse bajo la dirección de obra de un arquitecto técnico, en lugar de uno de titulación superior. El juez obliga al Ayuntamiento de Sant Antoni a que tramite el correspondiente expediente de legalización de las obras, «requiriendo a la promotora [Luxender S.L.] a que presente un proyecto arquitectónico suscrito por arquitecto superior».
El Colegio Oficial de Arquitectos presentó este recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Sant Antoni tras tener conocimiento de que la dirección de obra del citado proyecto la llevaba un arquitecto técnico. Al parecer, la doctrina del Tribunal Supremo sostiene que un arquitecto técnico podría proyectar obras de planta nueva siempre y cuando «su menor complejidad, lo que debe determinarse particularizadamente, lo permita».
No obstante, el juez entiende que «la obra no carece de complejidad técnica» y, por tanto, «se hacía precisa la intervención de un arquitecto superior tanto en la redacción del proyecto arquitectónico como en las labores de la dirección de obra». En concreto, el juez afirma que se trata de una edificación de nueva planta y de muy considerable envergadura, en la que es necesario un sistema de cimentación específica, destinada además a usos comerciales e industriales, lo que implica la presencia permanente de personas en horarios comerciales. Diferentes empresas, añade la sentencia, han solicitado al Ayuntamiento licencia para instalarse en estos locales y «la actividades que se relacionan supone la presencia permanente de personas dentro de los locales en el horario comercial».