MONICA GONZALEZ/EPR
Entre el 1 de enero y el pasado 5 de agosto los inspectores de
trabajo de la Delegación de Gobierno de Balears han levantado un
total de 135 actas de infracción por irregularidades detectadas en
materia de Extranjería, por un importe global de 849.683 euros
(unos 141 millones de pesetas en multas).
Según informó ayer la Delegación de Gobierno, desde esa misma fecha han realizado 673 visitas de inspección, que han dado pie a 1.181 actuaciones y éstas han desembocado en las 135 actas contra empresarios. Debe tenerse en cuenta que una misma visita ha podido derivar en más de una actuación distinta.
Prácticamente el 100% de las actas se levantaron a iniciativa de los inspectores tras acudir a la empresa y comprobar la irregularidad laboral, no a petición de trabajador.
Además, más del 90% de las actas levantadas este año corresponden a trabajadores extranjeros que regularizaron su situación durante el proceso extraordinario de regularización abierto del 7 de febrero al 7 de mayo.
Estas cifras son importantes de cara a la entrada en vigor ayer de artículo 45.2.a del Reglamento de la Ley de Extranjería que regula el arraigo laboral, una de las vías por las que los inmigrantes irregulares pueden tener opción a solicitar los permisos de trabajo y residencia una vez acabado el mencionado proceso extraordinario. Para ello necesitan acreditar al menos dos años de residencia continuada en el país y, como mínimo, un año de trabajo irregular (sin contrato).
En esta circunstancia, la Delegación de Gobierno calcula que podrían estar unos 9.000 inmigrantes irregulares en las Islas.
En la Oficina de Extranjería se confirmó ayer que durante el primer día de vigencia del arraigo laboral, que no está sujeto a plazo alguno, no se registró más movimiento del habitual, sino más bien lo contrario, por las fechas estivales en las que nos encontramos.
Y es que, se argumentó desde Delegación de Gobierno, «el universo de personas que ahora mismo pueden acogerse al arraigo laboral es muy pequeño», ya que las condiciones requeridas para ello son sólo dos y muy puntuales: o bien presentar una sentencia firme del juzgado de lo social dando la razón a un trabajador que ha denunciado a su empleador por mantenerle en condiciones irregulares, o bien entregar un acta de la Inspección de Trabajo, de las que se contabilizan sólo 135 en lo que va de año.