El caso Cretu sigue igual que hace casi cuatro años cuando apareció la primera sentencia en contra de la licencia mal dada por el Ayuntamiento para la construcción de una vivienda unifamiliar en una cima de Santa Agnès. La sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia hace apenas unos días es la cuarta que confirma que la controvertida mansión es ilegalizable y que no cabe amnistía parlamentaria alguna válida para evitar su demolición.
El alcalde de Sant Antoni, José Sala, mantiene, por su parte, el mismo discurso que hace un año, relativo a la quiebra de las arcas municipales, cuando el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma fijaba un plazo de 18 meses para demoler el edificio. Sala insiste, una vez más, en que la ejecución de la resolución judicial supondrá «un quebranto de difícil recuperación para el municipio».
Sin embargo, algo ha cambiado en este último año y es la aparición de un informe jurídico, encargado por el Ayuntamiento, en el que se ponía de manifiesto que el promotor de la obra se excedió a lo que permitía la licencia dada (mal dada, eso sí) y, por tanto, «todo aquello que no estuviera amparado en la correspondiente autorización administrativa o que excediera los límites y condiciones, no sería susceptible de ser demandado al Ayuntamiento». Este informe, que fue encargado por el Ayuntamiento para responder a la petición de legalización de la vivienda al amparo de la amnistía aprobada por el Parlament balear con la ley de acompañamiento de los presupuestos autonómicos de 2004, tampoco deja en buen lugar al Ayuntamiento al afirmar que los servicios técnicos certificaron el final de obra «sin reparos» a pesar de que la obra iba más allá de lo permitido.