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El Govern limita la pesca submarina en Formentera

La Conselleria de Agricultura y Pesca ha presentado un proyecto para crear dos zonas de veda en lugares de alto interés natural limítrofes con la isla

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La Conselleria de Agricultura y Pesca del Govern, a través de su titular, Margalida Moner, ha presentado mediante la Dirección General de Pesca, un proyecto de ordenación para crear dos zonas de veda de pesca submarina en aguas de Formentera, en dos zonas de alto interés natural y limítrofes con la isla. Esta propuesta surge a raíz de una petición del conseller por Formentera y responsable del área en las Pitiüses, Pep Mayans, a tenor del decreto 69/1999 de 4 de junio por el cual se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear, modificado por el decreto 61/2002, que regula entre otros aspectos las condiciones de la pesca submarina. Asimismo la disposición final primera de dicho decreto faculta a la Conselleria de Agricultura y Pesca para «adoptar las medidas necesarias en función de las pesquerías para declarar zonas de veda o especies vedadas, establecer horarios y, en general, llevar a cabo las acciones que permitan el desarrollo sostenible de la actividad».

En los últimos años, señala la conselleria, diversos estudios técnicos realizados en Balears, «han evidenciado el mal estado de conservación de las poblaciones de ciertas especies objetivo de la pesca submarina, estudios que recomiendan el establecimiento de medidas de regulación más restrictivas para este tipo de pesca». Además el Consell solicitó a Pesca la adopción de unas restricciones de pesca submarina en las Pitiúses, que incluyen días y zonas de veda y que «cuenta con el acuerdo de las cofradías de pescadores, clubes deportivos y asociaciones de pesca». La medida complementaría la actual legislación vigente que prohíbe cualquier tipo de pesca submarina en los límites de la Reserva Marina de Formentera, ampliando la veda a dos zonas de gran importancia natural como son las aguas interiores situadas en el perímetro comprendido entre el paralelo determinado por Punta de la Gavina y el faro de es Cap de Barbaria por un lado y al este de la isla en el tramo comprendido entre sa Punta de sa Creu y el faro de la Mola. En el resto de las aguas interiores de Formentera y Eivissa la pesca estará permitida los martes, jueves y festivos.

Hasta mediados de este mes de marzo las instituciones, organizaciones o centros privados afectados por la medida, tendrán tiempo para presentar las alegaciones, para una vez resueltas las mismas, la nueva regulación de la Conselleria entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Balears.

En caso de llevarse adelante la medida, será la Dirección General de Pesca quien se encargue de las labores de seguimiento de los efectos de la nueva regulación, y mediante informes previso del Servicio de Recursos Marinos, podrá fijar límites en cuanto a tallas mínimas de las capturas en especies que muestren una problemática de subsistencia o conservación por la sobreexplotación.

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