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El juez imputa a Stella Matutes y a José Sala por un presunto delito de tráfico de influencias

Considera que podrían haber tenido información privilegiada sobre ses Variades aunque descarta el delito de prevaricación

El juez nvestiga si Stella Matutes pudo obtener información privilegiada sobre ses Variades para beneficiar a su familia.

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El magistrado del Juzgado de Instrucción nº 3 de Eivissa, Pablo Mendoza, ha citado a declarar como imputados el próximo 7 de julio a la ex consellera de Vies i Obres Stella Matutes y al alcalde de Sant Antoni, José Sala, por un presunto delito de tráfico de influencias en la aprobación del Plan Territorial Insular (PTI), un documento que calificó como urbanizable el terreno de ses Variades (Sant Antoni), donde está previsto edificar 469 viviendas y un puerto deportivo y cuya propiedad ha estado relacionada con Empresas Matutes.

Sin embargo, el juez no imputa al ex conseller portavoz Joan Marí Tur ni a su hermano Antoni Marí Tur por «falta de indicios de criminalidad», aunque en el futuro podrían surgir «nuevos indicios en su contra». El fiscal había pedido la imputación de ambos por la calificación como urbanizable en el PTI de un terreno de su propiedad llamado Plana de Mar y situado en Cala Molí .

Ses Variades

El magistrado considera que ni Matutes ni Sala han incurrido en un delito de prevaricación en ses Variades, aunque sí que aprecia una posibilidad de tráfico de influencias o información privilegiada. En el caso de la ex consellera de Vies i Obres el juez considera que «hubo negociaciones» previas a la aprobación del PTI respecto a este espacio en el que tiene intereses su familia. «Existe un movimiento empresarial cercano al entorno familiar de la sra. Matutes que se desarrolla paralelo a la tramitación del PTI y que se adelanta a su aprobación», dice el auto, que recuerda que el 12 de mayo de 2004 se constituyó la sociedad Marina de San Antonio Abad S. L., destinada a la explotación de puertos deportivos y constituida por varias empresas de Empresas Matutes y por Realia Business. Esta última adquirió los terrenos de ses Variades justo el día en que se creaba esta sociedad.

«¿Supone ello el uso de información privilegiada?» se pregunta el juez, que indica que es cierto que hasta que «no se votara favorablemente el PTI no podía existir certeza jurídica objetiva» de que ses Variades volvería a ser urbanizable, porque aunque previamente una ley del Parlament lo posibilitara, el Consell podría no haberlo plasmado. Es por ello que el juez considera que el hecho de que existieran negocios empresariales antes del 30 de julio de 2004, cuando se aprobó el PTI sólo tiene una explicación: «que se conociera anticipadamente el voto» del PP. De todas formas, el magistrado no quiere anticipar nada e indica que habrá que seguir investigando, pero si se confirmara, «hacer uso para favorecer intereses privados, del sentido de unos votos que no se han emitido, pero que probablemente se conocen [...] entendemos que es hacer uso de una información privilegiada».

El juez también considera probado que durante varios meses y, siendo ya consellera, Matutes formó parte de una empresa «vinculada con terrenos que inevitablemente se iban a ver afectados por el PTI», ya que renunció a su puesto en el consejo de administración de Urcoisa el 30 de junio de 2004. Esta es una de las empresas que conformó la sociedad Marina de San Antonio Abad. Sin embargo, el juez señala que no se abstuvo en los plenos referidos al PTI y «emitió los votos que, a priori, parecen más favorables para los intereses de esa empresa».

Convenio urbanístico

En cuanto al alcalde de Sant Antoni, el magistrado destaca que firmó el convenio urbanístico de ses Variades en febrero de 2005 con la empresa Realia Business, unos días antes de que se aprobara el PTI. Sala negoció reducciones en el proyecto y consideró este suelo como urbano, cuando en realidad en el PTI aparece como urbanizable. «Va un paso más allá y reconoce el carácter urbano del suelo exonerando [...] a la empresa promotora de las limitaciones que imponía el POOT, las DOT y la Ley de Costas», expresa el auto, en el que también se dice que aunque esta exoneración fuera ilegal no implicaría prevaricación porque el juez considera que para ello debería haber una resolución y no cree que el convenio lo sea. Sí lo sería en caso de que este convenio se plasmara en el nuevo planeamiento urbanístico algo que, por cierto, tiene previsto el Ayuntamiento de Sant Antoni. Es por este motivo que el juez solicita más información al Consistorio sobre la modificación del PGOU. Además, pide la declaración como testigo de Iñigo Aldal, quien firmó el convenio urbanístico en nombre de Realia y quien deberá especificar si existieron contratos privados previos al otorgamiento de las escrituras públicas, tal y como denunció el GEN en su día.

En cuanto a los hermanos Marí Tur, el auto considera que su terreno 'Plana de Mar' fue calificado por el PTI como urbanizable, una de las opciones «posibles legalmente». «Una ley, debidamente aprobada, aunque protegiera los intereses de un determinado lobby, en ningún caso puede ser considerada prevaricadora».

En la denuncia del fiscal se consideraba que los ex consellers Joan Marí Tur, Stella Matutes y José Sala habían cometido delito de prevaricación por ser conocedores de la situación urbanística de los terrenos de Plana de Mar (que fue propiedad de los hermanos Marí Tur) y ses Variades (terreno relacionado con Empresas Matutes). El fiscal les imputó además penalmente por haber intervenido en esa votación en lugar de haberse abstenido. El ministerio fiscal también atribuía a Sala como alcalde un delito de prevaricación por suscribir el convenio urbanístico con la entidad Realia Business.

Todo ello emana de una denuncia previa del GEN, quien indicó que los consellers utilizaron la información privilegiada sobre el PTI como miembros del Consell para beneficiarse.

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