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El Juzgado de lo Social de Eivissa desestima la rescisión de contrato de una controladora aérea

La sentencia califica de «imprecindibles» las modificaciones laborales adoptadas por Aena

| Eivissa |

El Juzgado de lo Social número 1 de Eivissa ha desestimado la petición de rescindir el contrato de uno de los controladores de la torre de Eivissa, de los tres que lo hicieron en la Isla, según avanzó ya este periódico. Esta es la primera sentencia que se dicta tras la movilización de los responsables del espacio aéreo al considerar modificadas sus condiciones de trabajo.

La sentencia, dictada el pasado 14 de septiembre, considera que Aena, parte demandada, modificó las condiciones laborales «no por conveniencia, sino por resultar imprescindible ante la propia actitud de los trabajadores, que no aceptaron las propuestas empresariales y se enrocaron en su posición de fuerza», apunta el escrito.

En esta línea, señala que la «autoridad competente (Aena) no tuvo otra opción que adoptar la medias precisas ante el hecho probado de que la sostenibilidad y la eficiencia del sistema español de gestión de tráfico aéreo se encuentran fuertemente afectados por las diferencias que nos separan de la medidas europea».

Sin pretensiones

Asimismo, el juzgado considera que las medidas adoptadas «fueron motivadas por la decisión de los propios trabajadores afectados, por lo que éstos no pueden pretender tener derecho a una indemnización económica derivada de sus propios actos».

Y es que, según el relato de los antecedentes de hecho, entre Aena y Usca se produjeron desde el 31 de diciembre de 2004, cuando finalizó la vigencia del primer Convenio, hasta febrero de 2010 hasta 65 reuniones «sin alcanzar acuerdos».

Asimismo, el Juzgado de lo Social número 1 de Eivissa desestima además los argumentos de la demandante, que denunciaba que no se habían abonado los incrementos retributivos correspondientes al ejercicio 2009. De esta manera, el juzgado apunta que los incrementos salariales no fueron autorizados por la Comisión Interministerial de Retribuciones y fueron declarados nulos de pleno derecho por la Audiencia Nacional, por lo que no pueden ser utilizados para aducir que se ha producido una modificación en las condiciones de trabajo.

Por todo ello, la sentencia desestima la demanda interpuesta por el controlador aéreo. Ante esta sentencia cabe recurso de suplicación, en los próximos cinco días, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Balears.

La primera vista celebrada en todo el territorio nacional

La sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Eivissa es la primera resolución que se da en todo el territorio nacional. De hecho, el juzgado de Eivissa fue el primero que celebró una vista referente a la rescisión de contrato de los controladores aéreos. En España han sido 180, según Aena, los trabajadores que han pedido darse de baja, mientras que Usca mantiene que son unos 300. De Eivissa son tres los que han pedido la finalización de contrato con indemnización de la veintena de controladores activos que hay.

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