El sindicato Manos Limpias ha recurrido este jueves la decisión del juez instructor del caso Palma Arena de no imputar a la Infanta Cristina en el marco de la pieza que investiga las presuntas irregularidades cometidas a través del Instituto Nóos, al sostener que la mujer del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, tuvo vinculación con los hechos investigados en torno al incremento patrimonial presuntamente ilícito de su marido.
La entidad, personada como acusación popular a través de la letrada Virginia López Negrete, ha interpuesto un recurso de reforma y subsidiario de apelación contra el auto que dictó el pasado lunes el magistrado José Castro para desestimar la petición del sindicato, que considera que la hija del Rey Don Juan Carlos fue «beneficiaria directa» de los ingresos obtenidos de forma supuestamente fraudulenta por Urdangarin, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press.
La entidad sostiene que la esposa del Duque de Palma fue «actora directa -por encubrimiento, complicidad o cooperación necesaria- y por ende beneficiaria de las presuntas actividades delictivas de Urdangarin», tal y como consta en un escrito de seis páginas, al que tuvo acceso Europa Press, en el que la entidad desglosaba los indicios delictivos que, a su juicio, pesan contra la Infanta.
Sin embargo, durante su declaración como imputado ante el juez, Urdangarin insistió en varias ocasiones en desvincular a su mujer de las operaciones llevadas a cabo en concreto a través del Instituto Nóos, que presidió entre 2004 y 2006, y Aizoon, la empresa de la que era copropietario al 50 por ciento junto a su esposa. De hecho, la Fiscalía y la Abogacía de la Comunidad Autónoma se opusieron a la petición de Manos Limpias.
Según el sindicato, la hija del Rey era además «conocedora, cuanto menos, de las argucias financieras fraudulentas» que se habrían llevado a cabo para evadir impuestos a Hacienda, una de las líneas de investigación abiertas en el marco de este caso. Además, recuerda que también en Aizoon desempeñaba el cargo de secretaria, lo que conlleva la elaboración de actas con los acuerdos adoptados, la lectura de éstas y su firma.
La acusación aseveraba que las diligencias practicadas hasta el momento ponen de manifiesto que la Infanta «ha dispuesto de dinero de la caja de las sociedades mercantiles defraudadoras», entre otros fines, para la realización de obras en su vivienda de Pedralbes. De hecho, la entidad afirmaba, en base a un informe de la Agencia Tributaria, que la unidad familiar «dispone de una caja única, donde obviamente se ingresaban recursos económicos que provenían de las mercantiles utilizadas en la trama».
El escrito recordaba finalmente que el nombre de la mujer de Urdangarin figuraba en las tarjetas de visita que éste mostraba «para facilitar el acceso, en condiciones de privilegio, junto con el nombre del Secretario de las Infantas, señor García Revenga, con su pleno conocimiento». Además, postulaba que la intermediación del asesor externo de la Casa Real, José Manuel Romero, para «paralizar y alertar de las actividades delictivas de Urdangarin eran igualmente conocidas por la Infanta».
Cabe recordar que, a través del mismo auto, el juez rechazaba practicar un careo entre Urdangarin y su exsocio Diego Torres -quien aún no ha declarado ante el instructor y por tanto no se ha dado pie a que se deriven contradicciones entre las versiones de ambos-, una diligencia que también reclamó Manos Limpias.
Otra de las decisiones adoptadas por el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma fue la de rechazar la pretensión del PP de Baleares de imponer a Manos Limpias el actuar bajo una común representación y dirección. A pesar de ello, precisa que esto no supone un perjuicio a los pactos a que aquéllos voluntariamente deseen llegar.